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¿Tienen todos los discapacitados derecho a una pensión no contributiva de invalidez?

La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a los ciudadanos en situación de discapacidad (más de un 65%) y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

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¿Tienen todos los discapacitados derecho a una pensión no contributiva de invalidez?

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Requisitos para poder solicitar las pensiones no contributivas

  • Carecer de ingresos suficientes

Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales. No obstante, si son inferiores a 5.538 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:

En caso de convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: 

Nº convivientes €/Año
2 9.415,28
3 13.292,16
4 17.169,0

 Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

Nº convivientes €/Año
2 23.538,20
3 33.230,40
4 42.922,60

Existirá la denominada Unidad Económica de Convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

  • Requisitos Específicos de la propia Pensión no Contributiva de Invalidez


  • Edad. Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.

  • Residencia. Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

  • Discapacidad. Grado de discapacidad igual o superior al 65%.

El derecho a Pensión no Contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.

Cuantía

La cuantía individual de la pensión se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.384,60 € anuales, que se corresponde con el 25 % del importe íntegro para el año 2020.

La cuantía individual establecida se incrementa con el complemento por necesidad de otra persona siempre que se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 75 %, así como la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida.

El importe de este complemento para el año 2020 es de 2.769,20 € anuales.

Incompatibilidades

La Pensión No Contributiva de Invalidez es incompatible con la pensión no contributiva de Jubilación, con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos, así como con la condición de causante de la Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.

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Comentarios

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Lizeth Guadalupe mungaray 01 de abril de 2020 | 18:06
Quiero una ayuda para mi tío Manuel Montoya no tiene las 2 piernas
Instituto BBVA de PENSIONES 06 de abril de 2020 | 07:43

Estimada Lizeth

Si su tío ha cotizado a la Seguridad Social española, puede solicitar el inicio de un proceso de reconocimiento de algún grado determinado de incapacidad laboral.

En caso de que ello no haya sido así o la solicitud anterior haya sido desfavorable, puede instar, siempre y cuando, además, cumpla una serie de requisitos en términos de carencia de rentas, residencia y discapacidad o edad, la solicitud de una prestación no contributiva.

Igualmente, puede realizar las gestiones pertinentes para intentar que le sea reconocido algún grado de discapacidad así como de dependencia.

Un cordial saludo. 

Puri granero badillo 06 de marzo de 2020 | 12:31
Buenos días, Tengo 60 años, artrosis en las manos con operacion, carezco de fuerza de las dos manos una de ellas operada, y la otra pendiente , sin mejoría,problemas de cervicales ,también afecta la artrosis, más problemas de lumbares, . Tengo derecho a solicitar una paga?. Cada día me cuesta más hacer ningún tipo de trabajo, hasta la casa la hago por tiempos ,dejando lo más gordo que me ayuden. Tendré que dejar de conducir, ya que mis manos les falta fuerza para manejar el volante. Mi pregunta: Que derechos tengo con 8 años cotizados?
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de marzo de 2020 | 14:23

Estimada Puri.

 Como regla general, puede solicitar el inicio de un procedimiento de reconocimiento de un determinado grado de incapacidad permanente, para lo cual se exigen diferentes y variables requisitos de cotización en función del grado de incapacidad que pudiera ser reconocido y de diversas circunstancias personales y laborales del posible beneficiario (http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/45982).

 En caso de no cumplir con los requisitos de cotización, y siempre y cuando posea reconocido un porcentaje de discapacidad de, al menos, el 65%, podrá optar, siempre que cumpla también otra serie de requisitos vinculados, en este caso, a la carencia de rentas por debajo de unos determinados umbrales (https://www.imserso.es/InterPresent1/groups/imserso/documents/binario/fpnc.pdf), a una prestación de "invalidez" no contributiva.

Un cordial saludo. 

Jesus 05 de marzo de 2020 | 19:39
Hola mi madre cobra una pension por hijo por mi tengo 29 años .si mi madre renunciara a la prestacion me darian a mi la prestacion no contributiva de invalidez?
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de marzo de 2020 | 11:22

Estimado Jesús.

Efectivamente, pues ser beneficiario de una posible prestación no contributiva es incompatible con la condición de causante de la Asignación Económica por Hijo a Cargo o Menor Acogido.

Un cordial saludo. 

jorge 05 de marzo de 2020 | 13:16
hola tengo 41años, desde hace varios años cobro una pension por icapacidad total de 587€,tengo reconocido el 66% de discapacidad soy familia numerosa,solo entra mi pesnion en mi casa,puedo solicitar la pension no contributiva de discapacidad
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de marzo de 2020 | 10:07

Estimado Jorge.

A priori, entendemos que sí dado que no se establece la expresa incompatibilidad entre ambas prestaciones.

No obstante, la de tipo no contributivo está sometida a un requisito de carencia de rentas que, eventualmente, podría verse superado por la prestación de incapacidad permanente total.

Un cordial saludo. 

Sadri 04 de marzo de 2020 | 01:15
Buenas tengo una pregunta yo cobraba la renta garantida y luego me enviaron una carta para pedir la PNC porque tengo una grado de 67% le presenté el día 14/01/2020 y el día 25/02 me ingresaron los 395.60euros y también con lo mismo he pedido el complemento de la PNC pero solo me han ingresado la PNC y el complemento todavía no he llamado me dijeron está apunto de resulucion quería saber porqué cuando aproban la PNC no aproban el complemento del PNC de 161.60euros ? El trámite está hecho en Barcelona. Tardan mucho en resolverlo? La PNC no han tardado ni un mes !!! por cierto este mes de febrero deje de cobrar la renta garantida .
Instituto BBVA de PENSIONES 06 de marzo de 2020 | 16:14

Estimada Sadri.

 Desde nuestra posición, nos es imposible conocer las razones de la eventual demora en relación al posible reconocimiento del complemento señalado.

Le recomendamos que se mantenga en contacto con el organismo autonómico competente (o el IMSERSO) a efectos de verificar la resolución de su petición.

Un cordial saludo. 

mamadou soumahoro 02 de marzo de 2020 | 15:04
soy asilado político e autónomo aquí en España que para mi segunda patria a hora no puedo hace nada trabajo a hora que subir 65 % de discapacidades e se como vivir con la familia necesito ayuda de vos
Instituto BBVA de PENSIONES 06 de marzo de 2020 | 02:55

Estimado Mamadou.

En caso de superar una serie de requisitos en términos de residencia y carencia de rentas, podría, eventualmente, acceder a una prestación por invalidez no contributiva: https://www.imserso.es/InterPresent1/groups/imserso/documents/binario/fpnc.pdf.

Un cordial saludo. 

CRISANTOS 26 de febrero de 2020 | 14:36
Hola, tengo 55 años con 25 años cotizados, un grado del 66% de discapacidad en fase de separación y cobrando 400€ al mes, puedo pedir alguna ayuda más pues no llego a fin de mes. Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 20 de marzo de 2020 | 23:02

Estimado Sr. / Sra.

Eventualmente, en función del tipo que lo que correspondiese como su actualmente vigente "unidad económica de convivencia", podría ser, dado su grado de discapacidad, perceptora de una prestación no contributiva de invalidez.

En ese sentido, la Pensión de Invalidez no Contributiva es compatible con el salario por trabajo hasta un límite de 11.942,03 euros anuales (este límite es la suma de la cuantía de la pensión no contributiva, mas el indicador público de rentas de efectos múltiples o IPREM). Si se supera dicha cantidad, la pensión se minora para no sobrepasar el límite establecido.

Un cordial saludo. 

David 25 de febrero de 2020 | 14:08
Hola, La pensión que tiene mi madre es la de viudedad y el SOVI Saludos
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de marzo de 2020 | 01:35

Estimado  David.

La pensión de SOVI es incompatible con cualquiera de las pensiones reconocidas conforme a la normativa del Régimen General o de los Regímenes Especiales a excepción de la pensión de viudedad.

Un cordial saludo. 

David 20 de febrero de 2020 | 16:31
Hola, Le han otorgado a mi madre, de 83 años, un grado de discapacidad del 75%, ella tiene una pensión superior al SMI, mi pregunta es si viviendo yo con ella como es el caso y no cobrando nada yo, pudieran otorgarle alguna pensión a parte de la que ya tiene?. Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de marzo de 2020 | 01:41

Estimado David.

Para poder responderle a su pregunta necesitaríamos saber de qué tipo de pensión es actualmente beneficiaria su madre.

Un cordial saludo. 

Sonia 17 de febrero de 2020 | 18:46
Hola buenas tardes: Quisiera solicitar una pensión no contributiva por invalidez. Yo tengo una discapacidad reconocida del 75%, con necesidad de ayuda de tercera persona. Vivo con mi hija de 15 años, pero mis ingresos son superiores a 5488€ , pero inferiores a los 23000€. Mi duda es si puedo cobrar la pensión, o tengo que cobrar menos de los 5488€ incluso viviendo con mi hija, sin tener más ingresos familiares. Agradezco su respuesta. Un saludo, Sonia
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de febrero de 2020 | 21:52

Estimada Sonia.

La respuesta a su pregunta nos exigiría la realización de una serie de cálculos que, por diversas razones, exceden de nuestro ámbito de actuación.

No obstante, puede consultar la viabilidad de su solicitud directamente ante el IMSERSO en tanto que organismo competente al respecto.

Un cordial saludo.