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¿Cómo se calcula mi base reguladora en la pensión de jubilación?

A partir de 2022 se tendrán en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación. En la actualidad se aplica una transitoria que en 2020 valora 23 años y en 2021 tendrá en cuenta 24 años.

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¿Cómo se calcula mi base reguladora en la pensión de jubilación?

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La regla aplicable desde 2022: 25 años de cotización

Para determinar la base reguladora de la pensión de jubilación se tendrán en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años inmediatamente anteriores al mes previo al de  la jubilación.

Por ejemplo, si un trabajador cumple la edad legal de jubilación el 15 de julio de 2022  y ese día solicita su jubilación, se valorarán las bases de cotización de los últimos 25 años para atrás a contar desde la base de cotización del mes de mayo de 2022.

Las últimas 24 bases de cotización (correspondiente a los 2 últimos años) se computarán según su valor nominal, mientras que todas las anteriores se actualizarán según la evolución de Índice de Precios al Consumo durante todo ese período (hasta el mes 25 antes de la jubilación).

En concreto, se determinará la base reguladora sumando las  últimas 300  bases de cotización que se dividirán entre 350.

El fundamento de dividir 300 bases de cotización entre 350

La razón de esta división se encuentra en que al sumar las bases se tienen en cuenta 12 por año, puesto que la parte proporcional de las pagas extras está incluida en dichas bases de forma prorrateada. Sin embargo, el pensionista va a cobrar 14 pagas por año.

Con el objeto de establecer la correspondencia entre las  bases de cotización que se valoran cada mes y convertirlas en 12 pagas ordinarias y 2 extras, se divide entre 350.

El número 350 resulta de la suma de las 300 pagas ordinarias que se reciben durante 25 años a las que se suman 50 paga extras (dos pagas por 25 años).

La regla transitoria aplicable desde 2013 a 2021

Hasta alcanzar el cálculo de los 25 últimos años, desde 2012 que se valoraban 15 años de cotización, se va teniendo en cuenta 12 meses más cada año.

AÑO JUBILACIÓN BASES DE COTIZACIÓN VALORADAS
2013  192 BC/224 (16 años)
2014  204 BC/238 (17 años)
2015  216 BC/252 (18 años)
2016  228 BC/266 (19 años)
2017  240 BC/280 (20 años)
2018  252 BC/294 (21 años)
2019  264 BC/308 (22 años)
2020  276 BC/322 (23 años)
2021  288 BC/336 (24 años)
2022
 300 BC/350 (25 años)

La nueva regla, ¿beneficia a los pensionistas? Depende de la regularidad de su carrera profesional

Con lo previsto en la norma, en pocos años se está pasando desde los 15 años que se valoraban antes de la reforma, en el año 2012, a 25 años en 2022. Es decir, se tendrán en cuenta 10 años más de cotización. ¿Favorece esta situación al pensionista?

Lo más común sería que el salario de un trabajador se incrementará con el tiempo y, en consecuencia, sus bases de cotización también aumentasen.

En este supuesto, el nuevo cálculo no le favorecerá, ya que seguramente las últimas bases serán más altas. Así, cuantas más bases se tengan en cuenta, seguramente la media será más baja y, por tanto, la cuantía de la pensión será más reducida.

No obstante, como en los últimos tiempos cada vez es más general que los trabajadores sean expulsados del mercado laboral a edades más tempranas, es usual que después de haber terminado de cobrar la prestación por desempleo, el sujeto no cotice o cotice por la base mínima (en el supuesto de beneficiarios del subsidio por desempleo), excepto en el caso que firmen un Convenio Especial.

En estos casos, al tener en cuenta un número más amplio de bases de cotización se mitigan los efectos de la situación de los últimos años.

En este supuesto, es más favorable tener en cuenta un mayor número de años para el cálculo de la pensión.

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Comentarios

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MARIO MARTINEZ 31 de agosto de 2018 | 11:30
Suponer que a mas años trabajados mayor será la base de cotización, es mucho suponer. la gran mayoría de trabajadores se han quedado sin trabajo a partir de los 45 años y su base de cotización a disminuido al máximo. en mi caso los últimos 20 años son de autónomo con base mínima de cotización. Los 20 anteriores como empleado con bases mucho mas altas. ¿por que no se incluye toda la vida laboral? creo que es los lógico.
Instituto BBVA de PENSIONES 31 de agosto de 2018 | 11:43

Estimado Mario,

entre 2013 y 2027 está aumentando progresivamente el periodo de cálculo, de los últimos 15 años a los últmos 25. Un siguiente paso podría ser contemplar toda la vida laboral, algo que muchos expertos entienden como más justo, especialmente en el caso de abandono prematuro del mercado laboral. Sin embargo, de momento no hay nada que haga pensar en un nuevo cambio a corto plazo.

Reciba un cordial saludo.

Germán Fernández León 28 de agosto de 2018 | 21:06
Buenas tardes Me júbilé anticipadament en 2015 ,con 63 años. Había cotizado inicialmente en el régimen general 24 años ,grupos 1 , 2,5, ...... Posteriormente coticé en el régimen de autónomos 22 años. El cálculo lo hicieron en base últimos 15 años,base de cotización más baja. Me llega que podría reclamar el cálculo en base a la totalidad de vida laboral,incluso considerando que ya acepté la resolución. Es posible?. Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de agosto de 2018 | 10:59

Estimado Germán,

en ningún caso se calcula la pensión en base a toda la vida laboral. En 2015 se tomaban los 18 últimos años, salvo que aplicase la norma previa, algo que ocurre en algunos casos de forma transitoria hasta final de 2018.

Reciba un cordial saludo.

mjp 24 de agosto de 2018 | 18:33
En el caso que dentro de los 300 meses existan 7 meses que fijuran como base de cotizacion 0, como se computan ? se cogen 7 meses anteriores ? sueldo interprofesional ?
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de agosto de 2018 | 18:55

Buenas tardes,

si se jubila a través del Régimen General, esos 7 meses se integrarían por la base mínima. Si es por el régimen de autónomos, se consideraría base cero.

Reciba un cordial saludo.

PILAR 22 de agosto de 2018 | 00:31
El 30 septiembre cumplo 61 años,tengo cotizados 46 años de los cuales 6 por el subsidio de mayores 55 años. Si me jubilo en dicha fecha que calculo de años cotizados me entraran los 21. Gracias y un saludo
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de agosto de 2018 | 10:49

Estimada Pilar,

por lo que describe, la situación sería:

1. Si se jubila antes de 2019, aplicaría la ley previa y la pensión se calcularía con los 15 últimos años de cotizaciones.

2. Si no se jubila antes de 2019, para poder hacerlo a partir de los 61 años deberá haber cesasdo por causas objetivas de reestructuración empresarial. En este caso la pensión se calcularía, en 2019, con los 22 últimos años de cotizaciones.

Le recomendamos no obstante consultar su caso en el INSS.

Reciba un cordial saludo.

Pedro Rafael 19 de agosto de 2018 | 13:04
He terminado mi contrato de trabajo . Tengo 61 años y lo mas probable No consiga mas trabajo por mi edad. He cotizado en España 16.5 años. Si no consigo trabajo antes como puedo saber que me tocaría en la pensión a los 66 años
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de agosto de 2018 | 13:12

Estimado Pedro Rafael,

puede estimar la cuantía de su pensión a fecha de jubilación a través de la siguiente herramienta:

Autocálculo

Reciba un cordial saludo.

jose enrique 16 de agosto de 2018 | 10:35
Hola. Suponiendo que a dia de hoy me quedo desempleado y después de cobrar la prestación por desempleo no encuentro trabajo y me quedan 10 años para la jubilación, ¿como se tienen en cuenta estos últimos 10 años no cotizados de cara a mi futura jubilación?. Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 16 de agosto de 2018 | 14:30

Estimado Jose Enrique,

se consieraría una laguna de cotización. Si se jubila a través del Régimen General, se integraría para el cálculo de la siguiente manera:

Los 48 meses sin cotización más próximos al hecho causante, por la base mínima.

El resto de meses sin cotización, por el 50% de la base mínima.

Reciba un cordial saludo.

ANNA 09 de agosto de 2018 | 11:36
Hola buenos días, Si la edad de jubilación es de 67 años, cuántos años cotizados se requieren para tener el 100% de la Jubilación a los 67 años? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 09 de agosto de 2018 | 16:05

Estimada Anna,

actualmente se requieren al menos 35 años y medio de cotizaciones para acceder al 100% de la base reguladora. Desde 2027 serán al menos 37 años.

Reciba un cordial saludo.

Pedro Rafael 17 de julio de 2018 | 00:10
Tengo 61 años y 16 años cotizados . Para el calculo de mi pensión solo tendría 21 años cotizados en el año 2023 que es cuando debo jubilarme. Si tengo una base de cotización de 2300€/mensuales a cuanto ascendería mi jubilación mensual? Como hago el calculo? Gracias Saludos PedroR
Instituto BBVA de PENSIONES 17 de julio de 2018 | 11:48

Estimado Pedro,

puede estimar su pensión a través de la siguiente herramienta de la Seguridad Social:

Autocálculo

Reciba un cordial saludo.

Richard Gere 14 de julio de 2018 | 21:03
Buenas tardes. En caso de "fijos discontinuos" los meses que no has trabajado y por tanto no cotizado,¿Sumarían 0€ o como sería? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 16 de julio de 2018 | 12:26

Buenas tardes,

la norma es la siguiente:

La integración de los períodos, durante los que no haya habido obligación de cotizar, se llevará a cabo con la base mínima de cotización de entre las aplicables en cada momento, correspondiente al número de horas contratadas en la fecha en que se interrumpió o extinguió la obligación de cotizar. Si la obligación de cotizar existe sólo durante una parte del mes, la integración procederá por la parte del mes en que no exista obligación de cotizar, siempre que la base de cotización correspondiente no alcance la cuantía de la base mínima citada.

A excepción de los períodos entre temporadas o campañas de los trabajadores con contrato de trabajo fijo-discontinuo, en ningún caso se considerarán lagunas de cotización las horas o días en que no se trabaje en razón a las interrupciones en la prestación de servicios derivadas del propio contrato a tiempo parcial. 

Reciba un cordial saludo.

ANNA 10 de julio de 2018 | 15:10
Hola, una pregunta: entiendo que con la reforma, para recibir el 100% de la jubilación habrá que tener 37 años cotizados. Eso vale sea para los que se jubilen a los 65 (si tendrán 38 años y 6 meses cotizados), como para los que se jubilen a los 67 ? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de julio de 2018 | 15:38

Estimada Anna,

correcto. Desde 2027 se exigirán al menos 37 años de cotizaciones para acceder al 100% de la pensión, con independencia de la edad de jubilación que aplique.

Reciba un cordial saludo.