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Así será el nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional de las pensiones: un 0,6% adicional de cotizaciones entre 2023 y 2032

El nuevo mecanismo, que sustituirá al recientemente derogado Factor de Sostenibilidad, ha sido acordado por el Gobierno y los sindicatos (UGT y CCOO), con el descuelgue de la patronal por el incremento de costes salariales que supone, que indirectamente acabaran soportando los trabajadores.

Tiempo de lectura: 3 minutos

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Así será el nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional de las pensiones: un 0,6% adicional de cotizaciones entre 2023 y 2032

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El mecanismo actúa sobre los ingresos (cotizaciones) y no sobre las prestaciones (gastos) como actuaba el derogado Factor de Sostenibilidad (ver aquí cual era el funcionamiento de este último).

El nuevo mecanismo se incluirá a través de enmienda en el proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad del sistema, que incluye el primer paquete de medidas de reforma y actualmente está en tramitación parlamentaria.

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), a diferencia del Factor de Sostenibilidad al que sustituye, será de aplicación contingente y temporal.

¿Cómo funcionará el MEI?

Combina varios elementos que en opinión del Gobierno “permiten repartir de un modo equilibrado entre generaciones el esfuerzo para reforzar el sistema depensiones”, evitando los recortes en la pensión inicial que suponía el Factor de Sostenibilidad, especialmente entre los más jóvenes.

El MEI tendrá dos componentes:

  • 1.  El primero consiste en la reactivación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social (la denominada “hucha de las pensiones”), mediante una aportación finalista entre 2023 y 2032. Esta aportación, durante ese plazo de 10 años, será de 0,6% de cotización adicional a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Un 0,5% lo cotizará la empresa y un 0,1% el trabajador.

    Para una base de cotización mediana en España, de unos 2.000 euros de salario, el incremento del 0,6% supondría una cotización mensual de 12 euros: 2 euros los pagaría el trabajador y 10 euros los asumiría la empresa.

    No obstante, téngase en cuenta que indirectamente al final todo lo soporta el trabajador. A mayores costes sociales por cotizaciones menos salario potencialmente pagable al empleado.

    Con estas aportaciones, el Gobierno aspira a ir rellenando el Fondo de Reserva para tener un colchón de cerca de 50.000 millones de euros en esa década entre 2023 y 2033. Y permitiría soportar los fuertes aumentos de gasto por la jubilación de los baby boomers, en las décadas 30 y 40.

    No obstante, como indica Jose Antonio Herce, presidente del Foro de Expertos del Instituto BBVA de Pensiones, si “se quieren conseguir 50.000 millones de euros en 2032, con un 0,6% de una base media mensual de 2.000 euros, con alrededor de 20 millones de trabajadores afiliados, se necesitaría de un rentabilidad del 8,75% acumulativa anual”, rentabilidad que parece muy difícil de lograr.

    Según el Gobierno, esas contribuciones al Fondo de Reserva actuarán como "válvula de seguridad" del sistema a partir de 2033, en el caso de que haya un desvío de la previsión de gasto en pensiones para 2050. En el caso de que no se diera una desviación de la senda de gasto previsto, no se aplicará ninguna medida y se planteará la utilización de los recursos del fondo de reserva para reducir las cotizaciones sociales o mejorar la cuantía de las pensiones.
  • 2.  El segundo componente: si a partir de 2033 se apreciara en los Informes de Envejecimiento de la Comisión Europea (Ageing Report) una desviación de la previsión de gasto en pensiones a 2050 respecto al informe de 2024 (que se usará como referencia), se utilizará este Fondo de reserva, con un límite de disposición anual del mismo del 0,2% del Producto Interior Bruto (PIB).

    Si la disposición de activos del Fondo de Reserva no fuera suficiente, el Gobierno negociará con los interlocutores sociales, para su elevación al Pacto de Toledo, una propuesta que se dirija bien a reducir el porcentaje de gasto en pensiones en términos de PIB, bien incrementando el tipo de cotización u otras fórmulas alternativas para aumentar los ingresos.

¿Es adecuado el nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) tal y como se ha acordado?

Como hemos comentado, el MEI carga el ajuste sobre los ingresos (trabajadores) y no sobre los gastos (la pensiones y sus perceptores). De hecho, la CEOE ha argumentado su negativa de aceptar una subida de las cotizaciones sociales entendiendo que realmente "todos los esfuerzos recaen sobre los trabajadores, especialmente sobre los más jóvenes".

Este incremento supondría un ingreso de cotizaciones de tan solo 1.700-2.000 millones al año.

Ha de tenerse en cuenta que impactará en los costes laborales, principal coste de las empresas y por lo tanto en la competitividad de las mismas. En una economía como la española, con una productividad e innovación del tejido empresarial que no está entre las más destacadas dentro de los paises de la OCDE, los costes productivos son un elemento muy relevante a tener en cuenta para la competitividad.

Esta medida podría afectar a la creación de empleo, por incrementar el coste de la contratación.

Indirectamente, también podría afectar al compromiso de las patronales a negociar con los sindicatos incluir en los convenios colectivos la puesta en marcha y la realización de contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo, sean o no adscritos a los futuros Fondos de Pensiones de Promoción Pública, o a cualquier otro instrumentó de previsión social empresarial. Si se incrementa el coste en cotizaciones sociales, los empresarios estarán menos predispuestos a destinar nuevos recursos salariales a contribuciones a sistemas previsión social empresarial. Es decir, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional podría indirectamente penalizar otra de las medidas del Gobierno (desarrollo de la previsión empresarial) y afectar a la voluntad de los empresarios de aportar a planes de empleo.

¿Cómo se debería haber diseñado el MEI?

Para afrontar el efecto en las pensiones públicas de jubilación tanto del incremento futuro de la esperanza de vida como del número de pensionistas respecto población en edad de trabajar ( tasa de dependencia), la solución más adecuada hubiera sido vincular de manera automática la edad de jubilación ordinaria a la variación de la esperanza de vida, estableciendo un sistema equitativo que no aplicase “tabla rasa” a todos los trabajadores ( es decir, tratar diferente a los que están en diferente situación)  y que considerase la esperanza de vida por colectivos ( por ejemplo, profesiones penosas, peligrosas, insalubres), así como suavizando el efecto en caso de carreras de cotización más largas, dando la opción alternativa a los trabajadores que quisieran de jubilarse antes a cambio de un ajuste en su pensión.

Todo ello, aportaría además equidad entre generaciones. De esta manera, dos trabajadores que se jubilasen en diferentes momentos y que hubieran cotizado lo mismo a lo largo de sus carreras profesionales, cobrarían el mismo importe de pensión durante el mismo número de años. Si no, el trabajador que se jubilase posteriormente, con una esperanza de vida previsiblemente mayor, estaría cobrando durante más años que el que se jubilase con anterioridad y, por lo tanto, cobraría más pensión en el conjunto de su jubilación

Esto es lo que debería haber recogido el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, tal y como proponíamos en este artículo vinculado, y no un incremento de cotizaciones que hace recaer la carga del coste sobre los trabajadores, especialmente los más jóvenes, lo cual no es equidad intergeneracional.

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