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¿Quiénes son los beneficiarios de las pensiones no contributivas de jubilación?

En el sistema de pensiones español, además de las pensiones contributivas que se determinan según las cotizaciones de los beneficiarios, se regulan las prestaciones no contributivas que dependen de la prueba de la carencia de rentas

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¿Quiénes son los beneficiarios de las pensiones no contributivas de jubilación?

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¿Cuáles son las prestaciones no contributivas que se reconocen en el sistema de Seguridad Social?

Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo.

Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones siguientes:

  • Invalidez.
  • Jubilación.

La gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales en las ciudades de Ceuta y Melilla.

¿A quién se le reconoce una pensión no contributiva de jubilación?

La pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

Pueden ser beneficiarios de la pensión no contributiva de jubilación los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes requisitos, que a continuación se analizan.

La carencia de ingresos suficientes

Se demanda la carencia de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales.

No obstante, si son inferiores a la cuantía límite establecida anualmente y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se señalan por la norma.

Dichos importes, dependen de su existe convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado, variando según sean 2, 3 o 4 convivientes. Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos, dependiendo del número de convivientes (entre 2 y 4) se determinan otro límite distinto de rentas.

¿Qué se entiende por unidad de convivencia? Existirá unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

La edad y la residencia en territorio español

Los requisitos específicos de la propia pensión no contributiva de jubilación son los siguientes, dado que la carencia de rentas es idéntica a lo exigido en la pensión no contributiva de invalidez.

La edad que se pide es que el solicitante sea mayor de sesenta y cinco años. Respecto a la residencia se solicita residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

La compatibilidad de la pensión

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales, y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona, así como con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo mayor de dieciocho años y con discapacidad igual o superior al 65%.  

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Comentarios

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Aida 27 de octubre de 2019 | 23:28
Queria saber si mis padres pueden cobrar la pensión no contributiva mi padre tiene 75 años y mi madre 66 años ya que mi madre tiene una enfermedad degenerativa, y llevan mas de un año aquí en España,tiene la targeta comunitaria viven con migo en casa somos 6 haci que me interesa saber que tipo de ayuda tendrían mis padres gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de octubre de 2019 | 01:58

 Estimada Aida.


En relación al requisito de residencia en territorio nacional para poder acceder, en su caso, a una posible prestaciones no contributivas, la normativa comunitaria señala que se podrá cumplir el mismo teniendo en cuenta, en la medida necesaria, los periodos de residencia cumplidos en el territorio de cualquier otro Estado miembro como si se tratase de periodos cumplidos en el territorio del Estado en el que se solicita.


Por tanto, se tiene en cuenta a efectos de cómputo de residencia la totalidad de los periodos de residencia acreditados en cada uno de los países comunitarios siempre que se trate de ciudadanos de la Comunidad.

Un cordial saludo.

Ada 22 de octubre de 2019 | 23:05
Mi madre cobra una pension de su pais de origen 115 euros mensuales pero lleva en españa mas de 10 años, tiene derecho solicitar no contributiva
Instituto BBVA de PENSIONES 27 de octubre de 2019 | 17:53

 Estimada Ada.


En tanto su madre consiga acreditar los requisitos de residencia, carencia de rentas y restantes en virtud del tipo de PNC de que se trate, parece no haber obstáculo para ello. No obstante, las pensiones no contributivas no son exportables, es decir, para seguir disfrutando de las mismas se ha de mantener la residencia en territorio nacional español.

Un cordial saludo.

Amalfi orozco valencia 17 de septiembre de 2019 | 12:54
Dias mi madre cumple 65 años el 9 d marzo del 2020 resibe una pension de viudedad de 430€ lo cjal no le llega para afrontar sus gastos Tiene derecho ella a la pension no contrivitiva Ella lleva casi 20 años en españa y es ciudadana Española Gracias x su ayuda Esperare respuesta
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de octubre de 2019 | 04:30

Estimada Amalfi.


La pensión de viudedad es compatible con las de jubilación e invalidez a la que pudiera tener derecho siempre y cuando no se supere el tope máximo de la cuantía establecida cada año en los reales decretos de revalorización. De esta manera, si cumple con los requisitos de residencia, lo cual parece acreditado, así como con el requisito de carencia de rentas podrá acceder a la prestación.


En su caso concreto, dado que, a falta de mayores datos sobre otros posibles convivientes, la unidad económica de convivencia lo es con parientes (Ud.) del primer grado. Ante ello los límites de acumulación de recursos a tal efecto -recursos en los que se integrarían las rentas generada por Ud.- sería el equivalente a dos veces y media la cuantía que resulte de sumar al cómputo anual de la pensión (5.488,00 euros) el resultado de multiplicar el 70% de dicha cifra por el número de convivientes, menos uno.

Un cordial saludo.

Maria 01 de agosto de 2019 | 13:34
Mi abuela tiene 90 años, española, con 20 años de residencia en España, ella tenía 3 pisos, 2 de ellos se los donó a sus hijos y un tercero fue vendido, tiene derecho a percibir la pensión no contributiva?
Instituto BBVA de PENSIONES 02 de agosto de 2019 | 11:35

Estimada María.

Lo que se tendría en cuenta es si los tiene alquilados. Si solo tiene su propiedad, no se tendrían en cuenta.

Un cordial saludo 

Gloria 22 de julio de 2019 | 07:25
Tengo 57 años, soy ciudadana española, mi esposo era el único que trabajaba en casa antes de nuestro divorcio y no recibo pensión de alimentos por parte de él y luego de 7 años de residencia en España tuve que regresar a mi país por una emergencia y fijé mi residencia en mi país ante el consulado español para poder votar en las elecciones. Me faltarian 3 años para completar los 10 años de residencia que hay como requisito? Pienso retornar a España. Tendría derecho a esa pensión a los 65 ? Gracias por su ayuda.
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de julio de 2019 | 11:18

Estimada Gloria.

En todo caso, debe demostrar esos 10 años de residencia en España.

Un cordial saludo 

PAOLA 05 de julio de 2019 | 12:48
Mi madre tiene un subsidio de discapacidad como único ingreso y ha cumplido 65 años. En la actualidad vive sola, tiene derecho a la PNC? y siendo así, es compatible con su pensión de discapacidad? cual es el importe de la PNC para ver si le es más beneficiosa que la de discapacidad?
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de julio de 2019 | 15:31

Estimada Paola.

Si se trata de la prestación no contributiva por incapacidad, ambas tienen la misma cuantía.

Un cordial saludo

Elsa 25 de junio de 2019 | 21:26
En casa vivimos mi madre de 65 años, mi hijo de 14 meses, y yo. Yo tengo trabajo siendo nuestros únicos recursos económicos, tiene mi madre derecho a pnc de jubilación?? Muchísimas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de junio de 2019 | 19:36

Estimada Elsa.

Depende de la cuantía de sus ingresos,

Un cordial saludo

Wilmer Chirinos 24 de junio de 2019 | 09:29
Hola, vivo con mi esposa y un hijo, qué cuantía de la PNC me corresponde?, tengo 65 años . Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de junio de 2019 | 18:58

Estimado Wilmmer.

Depende de los ingresos del resto de la familia.

Un cordial saludo

Fran 19 de mayo de 2019 | 02:36
Hola, en mi casa somos 3. Mi padre, mi madre y yo el hijo. Desgraciadamente no tengo trabajo y estamos viviendo los tres con una pensión de mi padre de apenas 1090Euros. ¿Mi madre tiene derecho a una pensión no contributiva? Desgraciadametne ella no cotizo lo suficiente. Gracias. Un Saludo !
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de junio de 2019 | 13:47

Estimado Fran.

Su madre tendrá derecho, si conviven los tres, si las rentas totales son inferiores a 12.395,04 euros. Si supera por un poco es posible que también pueda recibir una parte.

Un cordial saludo

Miguel Angel Céspedes 29 de abril de 2019 | 16:58
Buenas tardes, tengo una duda con respecto a las pensiones no contributivas. En la casa de mis padres conviven mis padres con mi hermana (soltera y sin hijos a cargo) y un cuarto familiar hermano de mi madre (jubilado mayor de 65). Cual sería el límite de ingresos de esta unidad familiar para que mi madre pudiera optar por una pensión no contributiva? Muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 12 de mayo de 2019 | 14:00

Estimado Miguel Ángel,

El límite de ingresos para poder acceder a una pensión de jubilación no contributiva es en 2019 de 42.532 euros anuales para una unidad de convivencia con 4 miembros si es entre consanguíneos en los que haya padres o hijos.

Un cordial saludo