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Las dudas más frecuentes de nuestros lectores en febrero de 2018

Casi 900 consultas nos han hecho llegar nuestros lectores, con la jubilación anticipada y el factor de sostenibilidad como protagonistas

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Las dudas más frecuentes de nuestros lectores en febrero de 2018

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Mi jubilación ordinaria se producirá en 2019, pero me planteo jubilarme antes para evitar el factor de sostenibilidad

El factor de sostenibilidad de aplicará a las pensiones de jubilación causadas desde 1 de enero de 2019, con el objetivo de ajustar la cuantía de las pensiones a la evolución de la esperanza de vida. No está determinado su efecto, si bien las estimaciones rondan un ajuste de entre el 0,50% y el 0,70%, notablemente inferior al que supondría anticipar la jubilación de forma voluntaria, que sería de entre el 1,625% y el 2% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación de la jubilación.

¿Acceder a la jubilación anticipada para evitar el factor de sostenibilidad?  

Soy mujer y me faltan unos meses para completar los 15 años exigidos para acceder a la pensión contributiva de jubilación. ¿Cuentan de algún modo los 3 hijos que he tenido?

Si en el momento de dar a luz no se encontraba en situación de alta en la Seguridad Social, podría computar 112 días de cotización por cada uno de ellos, que serían reconocidos a efectos de alcanzar el periodo de carencia exigido. Los días que se reconocen por cuidado de hijos (hasta 270) no computarían a dichos efectos.

Los hijos y la jubilación, ventajas  

Estoy percibiendo la ayuda para mayores de 55 años hasta los 61 años, fecha en la que me jubilan obligatoriamente. ¿Cómo quedará mi pensión?

Es importante destacar que la jubilación no es obligatoria. La ayuda para mayores de 55 años se concede hasta que el beneficiario pueda acceder a la jubilación en cualquiera de sus modalidades (ordinaria o anticipada), pero en ningún caso se produce la jubilación forzosa.

¿Qué requisitos se debe cumplir para acceder al subsidio de mayores de 55 años?  

Tengo 66 años, pero sigo en activo. Sin embargo, me temo que la empresa va a cerrar en breve. ¿Podría cobrar el paro?

La prestación contributiva por desempleo solo puede percibirse después de alcanzada la edad de jubilación si no se acreditan los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación. En caso de cesar con una edad superior y poder acceder a la pensión, no se cobra. Si se alcanza la edad ordinaria de jubilación cobrando la prestación contributiva por desempleo y se puede acceder a la jubilación, la prestación se extingue.

Me he quedado en paro: ¿cómo proteger mi futura pensión?  

He trabajado en el mar y tengo un coeficiente de reducción de la edad de jubilación equivalente a 3 años. ¿Puedo jubilarme 5 años antes en virtud de la jubilación anticipada por cese voluntario?

Ambas reducciones no son acumulables. Solo cabría anticipar la jubilación 2 años, a través de la jubilación anticipada por cese voluntario o bien 3 años, por el trabajo realizado en el mar. Dado que la primera opción implica penalización en el cálculo de la pensión y la segunda no, no habría lugar a dudas en la elección.

Soy un trabajador por cuenta ajena del mar, ¿qué reglas especiales se aplican a mi pensión de jubilación?  

Cumplo 65 años y quiero seguir en activo. ¿Pueden en mi empresa forzarme para jubilarme?

Salvo disposiciones especiales en el convenio colectivo, es un derecho seguir trabajando más allá de la edad ordinaria de jubilación, algo que además está bonificado en la pensión. Si quieren prescindir de un trabajador en esta situación, deberá ser indemnizado.  

Las ventajas de seguir trabajando más allá de la edad de jubilación  

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Comentarios

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jaime 15 de marzo de 2018 | 22:32
Me he jubilado este enero de 2018 y he rescatado una parte de mi plan pensiones en concepto de capital con la reduccion del 40% y ordenado un rescate mensual sistematico de 500€, la pregunta es: puedo volver a rescatar mas importe de capital con reduccion del 40% dentro de este mismo ejercicio y del mismo plan? gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 16 de marzo de 2018 | 11:00

Estimado Jaime,

la reducción del 40% solo puede aplicarse en un único rescate en forma de capital. No aplicaría en sucesivos rescates.

Reciba un cordial saludo.

Antonio Jimenez 12 de marzo de 2018 | 08:39
Cumplo 65 años en Septiembre 2018, me corresponde jubilarme en Abril 2019. Trabajo en el Servicio Andaluz de Salud donde según la ley 55/2003(16/12) Art. 26.2 , podría con un maximo de dos años, prolongar mi edad de jubilación en función de las necesidades de la organización. Puede mi empresa forzarme a jubilarme? Si me obliga, podría reclamarle ya que esta prolongación está bonificada?
Instituto BBVA de PENSIONES 12 de marzo de 2018 | 11:02

Estimado Antonio,

usted lo menciona en su propia afirmación: "en función de las necesidades de la organización." Es decir, usted puede solicitarlo, pero quedará en la decisión de la organización si se acepta o no.

Reciba un cordial saludo.