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Seguridad Social y discriminación intersectorial: la edad y la discapacidad desde la perspectiva de género
22 de noviembre de 2018
Autor: EVA Mª BLÁZQUEZ AGUDO
En AA.VV., Los ODS como punto de partida para el fomento de la calidad del empleo femenino, Dykinson, 2018.
La edad y la discapacidad abren la opción de beneficiarse de pensiones del sistema de la Seguridad Social. En unos casos, se regulan como contributivas, dependiendo de las cotizaciones efectuadas y, en otras, como no contributivas, concediéndose en los supuestos en los que se carezca de recursos suficientes. En ambas situaciones, la perspectiva de género introduce importantes variaciones desde los objetivos de la Agenda 2030, incidiendo en el concepto de discriminación múltiple cuando se ponen en conexión todos los elementos.
GÉNEROPENSION JUBILACIONINCAPACIDAD PERMANENTEPENSIONES NO CONTRIBUTIVASEDAD
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Cómo fortalecer los sistemas de pensiones latinoamericanos. Tomo I.
10 de septiembre de 2018
Autor: RODRIGO ACUÑA, MIGUEL PALOMINO, LEONARDO VILLAR, ALEJANDRO VILLAGÓMEZ, DIEGO VALERO
SURA Asset Management, Chile, 2015.
Se examinan experiencias y tendencias en los distintos sistemas de pensiones desde los pilares no contributivos y los sistemas de capitalización, así como los de ahorro voluntario. Se finaliza con un examen integrado de los tres pilares a través de la aplicación del principio de suficiencia.
PENSION JUBILACIONPENSIONES NO CONTRIBUTIVASPLANES DE PENSIONESDERECHO COMPARADOSUFICIENCIACAPITALIZACIÓN
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RD por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
10 de septiembre de 2018
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. BOE núm. 261, de 31 de octubre de 2015.
La Ley General de la Seguridad Social regula todo el sistema de Seguridad Social española. El Título I contiene las normas generales, el Título II regula el Régimen General de la Seguridad Social, el Título III reglamenta la protección por desempleo, el Título IV establece el Régimen Especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, el Título V determina la protección por cese de actividad y el Título VI finaliza con las pensiones no contributivas. En El Título II se incluye la regulación de la pensión de jubilación, en el Capítulo XIII (arts. 204 y ss).
PENSIONESPENSIONES NO CONTRIBUTIVASPENSIÓN DE ORFANDADPENSIÓNPENSIÓN DE VIUDEDADPENSION JUBILACIONAFILIACIONBENEFICIARIOCOTIZACIÓNINCAPACIDAD PERMANENTEINCAPACIDAD TEMPORALJUBILACIÓNJUBILACIÓN ANTICIPADAJUBILACIÓN PARCIALPATERNIDADPRESTACION DESEMPLEOPRESTACIÓN POR DESEMPLEORÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOSMATERNIDADCÁLCULOJUBILACIÓN FLEXIBLE