Por definición, un jubilado es aquella persona que no trabaja, ni por cuenta ajena ni propia. Pero, como no hay norma sin excepciones, hay algunos supuestos en los que alguien que se haya retirado del mundo laboral puede seguir realizando algún tipo de actividad.
Así, la jubilación parcial permite al trabajador por cuenta ajena "acceder" a la condición de pensionista de jubilación, compatibilizándola con un trabajo a tiempo parcial, por el que reduce su jornada de trabajo y su salario entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%, siempre que reúna los requisitos establecidos. Si el trabajador no tiene cumplida la edad reglamentaria de jubilación, la empresa deberá concertar un contrato de relevo con otro trabajador.
Por otra parte, la pensión de jubilación del empresario es compatible con el mero mantenimiento de la titularidad del negocio o establecimiento mercantil, siempre que no lleve a cabo ningún trabajo.
¿Cuánto puedo trabajar?
En el caso de tener un contrato de trabajo a tiempo parcial, dentro de los límites de reducción legalmente establecidos en la "jubilación flexible", se minorará la pensión de jubilación en proporción inversa a la reducción aplicable a la jornada de trabajo. La realización de jornadas inferiores al 50% o superiores al 75% supondrá la suspensión de la pensión, según dicta la Seguridad Social.
A partir de marzo del año pasado, el límite de reducción de jornada se sitúa entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%. Consecuentemente, para mantener la jubilación parcial, y cobrar tanto del Estado como de la actividad que se realice, el jubilado debe realizar una jornada de trabajo de entre el 50% y el 75% de la jornada de trabajo a tiempo completo. Fuera de esos límites se pierde la pensión pública.
El pensionista activo
Pero además, la ley reconoce, en determinadas circunstancias, y después de marzo de 2013, la posibilidad de compatibilizar la pensión de jubilación (una vez reducida al 50% de su cuantía) con un trabajo a tiempo completo o a tiempo parcial, sin limitación de la jornada de trabajo.
Es lo que se conoce como pensionista activo, pero han de cumplirse una serie de condiciones (el acceso a la pensión deberá haber tenido lugar una vez cumplida la edad que en cada caso resulte de aplicación y el porcentaje aplicable a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión causada ha de alcanzar el 100%).