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No he cotizado lo suficiente, ¿tengo derecho a una pensión de jubilación?

Si no has cotizado lo suficiente te explicamos la posibilidad de acceder a una pensión de jubilación no contributiva.

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No he cotizado lo suficiente, ¿tengo derecho a una pensión de jubilación?

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Si no se ha cotizado o se ha hecho de manera insuficiente, cabe la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva de jubilación.

Por contra para acceder a la pensión contributiva de jubilación se ha de tener cubierto un período mínimo de cotización de 15 años, de los cuales al menos 2 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de acceder a la pensión de jubilación.

La pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica y servicios sociales complementarios. Los ciudadanos españoles y los nacionales de otros países, con residencia legal en España, pueden acceder a la pensión de jubilación no contributiva si cumplen los siguientes requisitos:

1. Carecer de ingresos suficientes

La norma exige que se ha de carecer de ingresos suficientes. La persona solicitante de la pensión no contributiva no debe superar los umbrales que se prevén en la norma.

a) Si la persona vive sola, existe esta carencia cuando las rentas o ingresos de que se dispongan, en cómputo anual para el año 2020, sean inferiores a 5.538,40 euros anuales.

b) Si la persona vive con familiares, existe carencia de ingresos suficientes, si sus rentas son inferiores a 5.538,40 euros anuales y, además, los recursos de la unidad económica de convivencia, no supere los límites que a continuación explicamos.

Existe unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del solicitante de la pensión de jubilación no contributiva con otras personas unidas a él por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.

El parentesco por consanguinidad hasta el segundo grado alcanza a padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

¿Cuáles son los límites?

1. Si convive sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado (hermano-hermana o nieto-nieta):

  • Si el número de convivientes son dos, no se han de superar los 9.415,28 euros al año.
  • Si el número de convivientes son tres, no se han de superar los 13.292,16 euros al año.
  • Si el número de convivientes son cuatro, no se han de superar los 17.169,04 euros al año.

2. Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de primer grado (padres y madres o hijos e hijas):

  • Si el número de convivientes son dos, no se han de superar los 23.538,20 euros al año.
  • Si el número de convivientes son tres, no se han de superar los 33.230,40 euros al año.
  • Si el número de convivientes son cuatro, no se han de superar los 42.922,60  euros al año.

2. Edad

Las personas solicitantes de la pensión no contributiva de jubilación han de tener la edad de 65 años.

3. Residencia

Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de 10 años, entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la fecha de devengo de la pensión, de los cuales dos años han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.

Incompatibilidades

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de incapacidad, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona, así como con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo con discapacidad.

Cuantía

La cuantía se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.384,60 € anuales, que se corresponde con el 25 por 100 del importe íntegro para el año 2020. La cuantia integra ( máxima) asciende a  5.538,40 euros anuales (395,60 mensuales).

Más Información sobre la Pensión no contributiva de Jubilación.

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Comentarios

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Dario Lens 24 de septiembre de 2019 | 12:46
Tengo 66 años he cotizado mas de 9 años como autónomo, no trabajo desde hace 9 años y no tengo ningún ingreso ni ayuda del gobierno, me ayuda mi ex esposa y mi hija pero ya no podrán seguir haciéndolo, ¿que tipo de ayuda comunitaria puedo obtener y donde debería tramitarla ?
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de octubre de 2019 | 04:55

Estimada Dario.


Según los datos que nos señala, no se cumplirían los requisitos referidos a los periodos de carencia suficientes para acceder a la jubilación ordinaria.


No obstante, si cumple con los requisitos de "carencia de rentas" y residencia, podría optar a una pensión de jubilación no contributiva: http://www.imserso.es/imserso_01/prestaciones_y_subvenciones/pnc_jubilacion/normativa_requisitos/index.htm.

Un cordial saludo.

Maria Hristova Todorova 10 de septiembre de 2019 | 19:49
Hola,Soi María tengo 66años y 7 m.Tengo 22 años trabajando mi país Bulgaria.Vive 18 años en Espania,pero tengo cotizado, 1años y 6 m.De que penciones tengo derecho.Gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 28 de octubre de 2019 | 15:58

Estimada María.


Si procede a la totalización de las cotizaciones según la normativa comunitaria, tendría derecho a acceder a la jubilación ordinaria cuando acabara de cumplir los 2 años de cotización específica durante los últimos 15 años, ya que, para este requisito, no le valen, por la cuestión de que se dieron hace más de 18 años, las cotizaciones en Bulgaria.

Un cordial saludo.

Carmen 09 de septiembre de 2019 | 00:51
Tengo 20 años cotizados hasta el año 1986, pronto cumpliré 65 años. ¿Tengo derecho a algun tipo de paga?
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de octubre de 2019 | 04:51

 Estimada Carmen.


Aunque cumpliría el requisito de carencia genérica referido a haber cotizado al menos 15 años a la seguridad social, no ocurriría así con el referido a la carencia específica, es decir, el que obliga a que 2 años lo sean en los 15 anteriores a la solicitud de acceso a la jubilación.


No obstante, en caso de cumplir con los requisitos de "carencia de rentas" y residencia, podría optar a una pensión de jubilación no contributiva: http://www.imserso.es/imserso_01/prestaciones_y_subvenciones/pnc_jubilacion/normativa_requisitos/index.htm.

Un cordial saludo.

Gloria Alcon 20 de agosto de 2019 | 16:01
Buenas tardes, tengo 58 años y acabo de empezar a trabajar y a cotizar en España, si trabajo y cotizo durante los próximos siete años hasta los 65, tengo derecho a recibir la pensión no contributiva, y si es así de cuánto sería y cuáles serían los requisitos para cobrarla, muchas gracias de antemano por su respuesta.
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de agosto de 2019 | 07:07

Estimada Gloria.

Para la pensión contributiva hacen falta 15 años de cotización. Para la no contributiva, ninguno. Lo que se demanda son 10 años de residencia en España y carencias de rentas.

Un cordial saludo 

Miguel Angel Martinez Sande 14 de junio de 2019 | 02:55
Me gustaria saber si tendre una pension no contributiva despues de haber trabajado 8 anos en España . He trabajado tambien 6 anos en Reino Unido, 11 anos en Francia y actualmente trabajo en Canada desde el ano 2012. Tengo 57 amis y vivo con mi familia en Montreal. Con respecto a las pensiones estoy un poco perdido. Muchas gracias por su respuesta.
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de junio de 2019 | 19:21

EStimado Miguel Ángel.

En todo caso, tendrá una pensión contributiva. Canada tiene acuerdo con España. De forma que cuando solicité su pensión en Canada, podrá acumular sus cotizaciones en España.

Un cordial saludo

MARIA SANCHEZ 23 de mayo de 2019 | 13:46
Buenos días, Tengo 63 años, y estoy cobrando actualmente la pensión de viudedad. Estos años he estado trabajando como empleada de hogar cotizando a la seguridad social, pero por motivos de salud no puedo trabajar. Actualmente tengo 14 años cotizados, al tener tres hijos, se me sumarían los días para la cotización (no trabaja cuando los tuve), o si solamente se sumarian esos días si hubiese ya cotizado los 15 años para poder cobrar la jubilación contributiva
Instituto BBVA de PENSIONES 09 de junio de 2019 | 18:38

Estimada MAría.

Se sumarían los 112 días por cada hijo como cotización para acceder a la pensión.

Un coridal saludo

Raúl Francisco Loredo Díaz 16 de mayo de 2019 | 19:04
Cumplo 65 años en octubre vivo solamente con mi esposa ella gana entre 700 y 750 € por nómina tengo derecho a la pensión no contributiva pues solo he cotizado 9 años y 8 meses resido en España desde el 2006 tengo derecho a la pensión no contributiva
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de junio de 2019 | 06:46

Estimado Raúl.

El límite de ingresos, si solo conviven ustedes, es de 9329,60 euros anuales.

Un cordial saludo

Tamara Rosenberg 17 de abril de 2019 | 01:04
El año que viene cumplo 65 años He cotizado 30 años en Rumanía y he trabajado 11 años en España como empleada de hogar (interna ) Que pensión de jubilación puedo cobrar ? Soy en trámite para la nacionalidad española
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de abril de 2019 | 13:41

Estimada Tamara,

Al ser España y Rumanía países miembros de la UE, aplican las normas comunitarias de  Seguridad Social.

Básicamente, se determina si el ciudadano tiene derecho a pensión en ambos países. De ser así, cobraría pensión en los dos.

Caso de que solo tenga derecho a pensión en uno, se aplican las reglas de pro-rata, por las cuales cada Estado paga una parte de su pensión. Puede consultar este documento donde se dan detalles de cómo se calcularía su pensión.

 https://europa.eu/youreurope/citizens/work/retire-abroad/state-pensions-abroad/index_es.htm

En cualquier caso, la solicitud de su pensión debería hacerla en su país de residencia.

Por último, es irrelevante la nacionalidad del ciudadano en estos casos.

Muchas gracias por su interés en BBVA Mi jubilación 

Gina Nieves Sosa 06 de abril de 2019 | 19:58
Buenas tardes, mi madre trabajó como empleada del hogar durante 10 años, ella cotizó esos años, ella vive en una habitación, ( casa compartida) tiene derecho a una jubilación contributiva? Ella tiene 72 años... gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de abril de 2019 | 20:59

Estimada Gina,

Su madre no reune los requisitos para una pensión contributiva, podría solicitar una pensión no contributiva si puede acreditar carencia de rentas computando los ingresos de su unidad familiar.

Un cordial saludo

Jose vicente 06 de abril de 2019 | 17:12
Mira yo tengo 52-años ya vivo 10 años en españa pero no he tenido la suerte de poder trabajar legalmente dado de alta solo he trabajado asi nomas al mes he trabajado 8 dias oh 10dias x mes no lo se cual sera mi duerte
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de abril de 2019 | 20:08

Estimado José Vicente,

Aún le quedan años por delante para trabajar y conseguir derechos, no solo de jubilación, también desempleo, enfermedad, accidente. También hay pensiones no contributivas. Le recomendamos que acuda al SEPE para tratar de encontrar oportunidades para Ud, gracias por contribuir al Foro.

Un cordial saludo