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Cuánto me queda de pensión si he cotizado 25 años

La cuantía de la pensión a percibir se determina en función de una base reguladora que se calcula con las bases de cotización de los últimos 25 años, y del número de años cotizados (o reconocidos como cotizados), que determina la aplicación de un determinado porcentaje sobre la base reguladora.

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Cuánto me queda de pensión si he cotizado 25 años

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Para poder acceder a la pensión de jubilación se requiere haber cotizado al menos 15 años (carencia genérica), 2 años de los cuales deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante de la jubilación (carencia especifica).

Existen dos pasos principales para determinar el importe de la pensión:

  • El primero es calcular la base reguladora.
  • El segundo paso es aplicar sobre esa base reguladora un porcentaje que se determina en función del número de años de cotización acreditados.

Desde el año 2022, y por lo tanto también para aquellas personas que se jubilen en 2023, para el cálculo de la base reguladora se tienen en cuenta los últimos 25 años de cotización previos a la fecha del hecho causante (normalmente, el día de cese en la actividad laboral), es decir, 300 meses de cotización. Para calcular la base reguladora, la suma de las bases de cotización de esos 300 meses se divide entre 350.

En caso de que existan lagunas de cotización, en el Régimen General:

  • las 48 primeras mensualidades sin cotizaciones se integran con el 100% la base de cotización mínima vigente en esos meses. Las restantes mensualidades, con el 50% de la base mínima de entre todas.
  • En el caso de mujeres trabajadoras por cuenta ajena, se aplicará también el 100% de la base mínima entre el mes 49 y el 60 sin cotización (es decir, hasta el quinto año) y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y el 84 (el sexto y séptimo año).

En el Régimen de Autónomos, si bien hasta ahora no existía integración de lagunas (se contaban como 0), a partir de ahora, de entre las lagunas de cotización de trabajadores autónomos que aparezcan con posterioridad a la extinción de la prestación por cese de actividad, se integrarán las lagunas de cotización de los siguientes 6 meses con la base mínima de la tabla general de autónomos.

Como segundo paso para obtener la pensión de jubilación que correspondería a la edad ordinaria de jubilación, una vez calculada la base reguladora, se aplica sobre la misma un porcentaje en función de los años cotizados (o reconocidos (**)) a lo largo de la vida laboral:

  • Con 15 años cotizados, se tendrá derecho al 50% de la base reguladora.
  • Para tener derecho al 100% de la base reguladora es necesario cotizar un mínimo de años que varía según el año de jubilación:
    • 36 años y 6 meses en 2023 (también en 2024, 2025 y 2026).
    • A partir de 2027, serán necesarios 37 años cotizados.

(**) cotizaciones ficticias (no realizadas, aunque reconocidas): reconocidas por cuidado de hijos o asimiladas al parto; períodos de suspensión del contrato en situaciones de violencia de género; 3 primeros años de excedencia o reducción de jornada para cuidar a familiares.

En la tabla siguiente se muestran los coeficientes aplicables, en función del número de años de jubilación acreditada y del año de acceso a la jubilación:

Por lo tanto, ¿qué porcentaje se me aplicaría si acreditara 25 años de cotización?

Para quien acceda a la jubilación, a la edad legal ordinaria, en 2023, 2024, 2025 o 2026, habiendo cotizado 25 años, tendrá derecho a un importe pensión del 73,78% de su base reguladora.

El cálculo del anterior porcentaje, se desglosa de la siguiente forma:

  • a)  Los primeros 15 años dan derecho a aplicar un 50% sobre la base reguladora
  • b)  Los siguientes 49 meses suman cada uno un 0,21% adicional: en total un 10,29% (0,21 X 49).
  • c)  Los últimos 71 meses hasta alcanzar los 25 años, suman cada mes un 0,19% adicional: en total, 13:49% adicional (0,19% X 71).

    Total, a) +b) +c) = 73,78%

¿Y qué porcentaje me correspondería si hubiera cotizado únicamente 20 años?

En caso de acreditar 20 años cotizados, el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora para determinar la pensión sería de un 62,38%. Este porcentaje se desglosaría de la siguiente manera:

  • a) Primeros 15 años: 50%
  • b) Siguientes 49 meses (0,21% adicional cada uno x 49):10,29%
  • c) Últimos 11 meses (0,19% cada mes X 11): 2,09%

¿Y si hubiera cotizado otro numero de años diferente a los anteriores?

La siguiente tabla muestra el porcentaje total aplicable (para aquellos que se jubilan entre 2023 y 2026) en función del número de años cotizados:

¿Aplicando a mi base reguladora el porcentaje que me corresponda, se obtiene la cuantía exacta de pensión a la que tendría derecho?

La mayor parte de las veces es así, salvo en los siguientes casos:

 (*) La edad legal de jubilación ordinaria en 2023 es de 66 años y 4 meses cuando se acrediten menos de 37 años y 9 meses de cotizaciones. En cambio, en caso acumular 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, el causante podrá jubilarse con 65 años.

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