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BBVA Mi jubilación - En los medios

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Fecha de publicación

  • El nuevo sistema de pensiones llega en septiembre: estos son los cambios

    17 de agosto de 2020

    Autor:  IDEAL

    El Pacto de Toledo tiene avanzadas las recomendaciones que servirán de base para un nuevo sistema de pensiones y espera reanudar el trabajo en septiembre. Entre los puntos esenciales de la reforma está el de la edad de jubilación (con la ley actual, el retiro a los 67 se implantará en 2027), la mayor penalización de la jubilación anticipada (supone el 16% sobre el total), el alargamiento del periodo de cómputo para hallar la base reguladora o la eliminación de las deducciones a los planes de pensiones.

    REFORMAS DE PENSIONESSOSTENIBILIDADEDAD DE JUBILACIÓNBASE REGULADORAJUBILACIÓN ANTICIPADAPACTO DE TOLEDO

  • Los diez mensajes sobre pensiones del Banco de España sobre pensiones

    17 de agosto de 2020

    Autor:  65YMAS

    La autoridad monetaria alerta de que la sostenibilidad financiera del sistema público de pensiones requiere introducir nuevos incentivos que favorezcan un mayor alineamiento entre la edad de jubilación efectiva y la referencia legal, además de proponer políticas que refuercen el vínculo entre la cuantía de la pensión contributiva recibida, las contribuciones realizadas durante toda la vida laboral y la esperanza de vida prevista en el momento de la jubilación.

    SOSTENIBILIDAD DE LAS PENSIONESREFORMAS DE PENSIONESEDAD DE JUBILACIÓNCUENTAS NOCIONALESBASE REGULADORAPLANES DE PENSIONES

  • STS 35/2020 de 16.01.2020 (Rec. Nº 3700/2017)

    10 de junio de 2020

    Determinación de la base reguladora aplicable en supuesto de incremento del grado de incapacidad permanente.

    En este supuesto, el actor era beneficiario de una pensión de incapacidad permanente total, derivada de accidente de trabajo desde julio de 2012 y, con posterioridad, en 2014, por resolución administrativa la Entidad Gestora fue declarado en situación de incapacidad permanente total, derivada de enfermedad común, para una nueva profesión. Esta segunda prestación ser conoció también por el RG dado que, si bien el actor acredita cotizaciones al Régimen de Trabajadores Autónomos (RETA), las mismas eran insuficientes para lucrar la pensión. La cuestión conflictiva al respecto en este caso es la de la determinación de la base reguladora aplicable en un caso de incremento del grado de incapacidad permanente: concretamente, el demandante pretende que la pensión de incapacidad permanente absoluta, que se le ha reconocido judicialmente, se calcule sobre la base reguladora fijada en su momento para la pensión de incapacidad permanente total que le fue reconocida por contingencias profesionales, por ser ésta más beneficiosa y, entiende, la correctamente ajustada a Derecho.


    Enjuiciando el caso, entiende el TS que, aun cuando en la vía administrativa se hubiera resuelto que la situación del demandante era calificable como de incapacidad total para otra profesión distinta a aquélla que dio lugar a una pensión previa, lo cierto es que la revisión judicial de tal situación y la conclusión de que el trabajador se halla incapacitado de forma absoluta para el desempeño de toda actividad laboral, precisamente dentro del mismo régimen, supone no sólo una innegable alteración de la calificación de su estado general, sino que, específicamente, impide sostener de forma lógica que una misma persona puede carecer de capacidad para todo trabajo y, a la vez, estar incapacitado sólo para una profesión concreta. Tal incongruencia se agravaría aún más si se tiene en cuenta que el beneficiario de ambas prestaciones estará sometido a la incompatibilidad propia del sistema interno del mismo RG.

    De ahí que, entiende el TS, no resulte admisible la reducción de la protección, vía disminución de la base reguladora. Por tanto, en consecuencia, concluye que ésta deberá ser la misma ya aplicada a la prestación inicial que obedecía a una situación que ahora se ha agravado y, por ello, aquella pensión se ve sustituida por la que corresponde a la mayor afectación de la salud del trabajador.

    INCAPACIDAD PERMANENTEBASE REGULADORA

  • El gasto en pensiones sube un 7,1% en febrero, al récord de 9.563,1 millones

    03 de marzo de 2019

    Autor: BOLSAMANÍA

    La subida de pensiones se debe a el aumento de las pensiones a principios de año y del aumento de la base reguladora de la pensión de viudedad desde el 56% al 60% para personas con 65 o más años sin otros ingresos.

    SOSTENIBILIDADPENSIÓN DE VIUDEDADPENSIONESBASE REGULADORA

  • Las cotizaciones realizadas en una actividad, durante la suspensión de la prestación de IP absoluta, son computables para el cálculo de la base reguladora de la pensión que se reanuda

    16 de octubre de 2018

    STS, sala de lo Social, de 25 de abril de 2018 (Sentencia núm. 450/2018)

    El Tribunal Supremo determinar que procede recalcular el importe de la base reguladora de la pensión de incapacidad absoluta, derivada de enfermedad común, de acuerdo con las cotizaciones por la misma actividad durante la suspensión de dicha prestación de incapacidad permanente absoluta, cuando de nuevo se reanuda el derecho.

    INCAPACIDAD PERMANENTEBASE REGULADORACOMPATIBILIDAD

  • STS de 1 de febrero de 2018. Cálculo base reguladora de pensión jubilación de un trabajador migrante

    17 de septiembre de 2018

    Recurso de casación para unificación de doctrina núm. 3052/2016.

    El Tribunal Supremo analiza el modo de determinación de la base reguladora de un asegurado que había trabajado en España en el período previo al hecho causante de la prestación. La resolución entiende que se debe calcular la pensión de jubilación tendiendo en cuenta "los salarios comprobados durante el período de seguro cumplido en dicho país", esto es, valorar el salario medio de todo o parte del período en que se desarrollo actividad en el país que asume la prestación a su cargo. En los casos que primero se cotizó en España y luego en otro Estado, las bases de cotización que se han de tomar en consideración para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación, que debe abonar la Seguridad Social española, son las correspondientes al período de seguro acreditado en nuestro país, es decir las «bases reales», o «bases remotas».

    COORDINACIÓN EUROPEA DE SEGURIDAD SOCIALPENSIÓNLEGISLACIÓN EUROPEAPENSION JUBILACIONBASE REGULADORACÁLCULO

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