El periodo mínimo de cotización para la pensión de jubilación
Para los Trabajadores en situación de alta o asimilada, el período de cotización genérico son 15 años.
- Pero, además, se requiere un período de cotización específico de 2 años, que deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar.
En el supuesto de trabajadores en situación de no alta ni asimilada, el período de cotización genérico es de 15 años.
En este supuesto, el período de cotización específico es de 2 años, que deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
¿Qué se tiene en cuenta a efectos de acreditar el período mínimo de cotización?
Sólo se computan las cotizaciones efectivamente realizadas o las asimiladas a ellas legal o reglamentariamente.
No se tendrá en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias.
Requisitos para poder solicitar la pensión no contributiva de Jubilación
1) No tener derecho a solicitar la pensión de Jubilación en el nivel contributivo por no cumplir los requisitos.
2) Tener 65 o más años.
3) Tener carencia de rentas.
Se entiende que el solicitante carece de rentas, cuando tenga ingresos inferiores a 5.899,60€ al año, importe actualizado a este año 2022.
No obstante, aunque los ingresos del solicitante sean inferiores a 5.899,60€ al año, si el solicitante convive con familiares se cumplirá el requisito cuando la suma de las rentas de todos los miembros de la unidad familiar, sea inferior a las cuantías recogidas en cada caso concreto, conforme a unas tablas en las que se recoge la “carencia de rentas o ingresos”, y que se muestran en este sitio del IMSERSO.
4) Residir legalmente en España.
Este requisito se entenderá cumplido, cuando se haya residido en España como mínimo 10 años y, al menos, dos de ellos, deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud y haberse realizado ininterrumpidamente.
¿Durante cuánto tiempo se concede la pensión no contributiva?
La pensión es vitalicia, es decir, se concede hasta el fallecimiento del solicitante, siempre y cuando, el trabajador siga cumpliendo todos los requisitos para poder seguir cobrándola.
La cuantía de la pensión no contributiva
La cuantía individual de la pensión para cada beneficiario se establece función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia; no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.474,90euros anuales, que se corresponde con el 25 % del importe íntegro para 2022.
La pensión no contributiva en cada caso habrá que recalcular el importe mensual teniendo en cuenta las personas que conviven con el beneficiario y si tienen o no ingresos, con lo que el importe mensual puede ser inferior o superior, hasta los topes indicados.
Obligaciones del pensionista
Las personas que hayan solicitado la pensión no contributiva de jubilación tienen la obligación de:
- a) Comunicar a la Entidad Gestora de cualquier cambio que pueda afectar al reconocimiento de la pensión.
- b) Presentar el primer trimestre de cada año, la declaración de la renta, de manera que pueda demostrar que sigue cumpliendo el requisito de la carencia de rentas.
Incompatibilidades de la pensión no contributiva de jubilación
La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con las pensiones no contributivas de invalidez, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de Ingresos mínimos y por Ayuda de tercera persona.