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¿Qué ha fallado en el sistema de pensiones de capitalización individual de Chile? La precariedad del trabajo y los bajos salarios

En 2019 1,3 millones de chilenos, jubilados con el nuevo sistema de pensiones, salieron a las calles para protestar contra el sistema de pensiones de aportación definida, bajo el eslogan ¡No más AFP! (referido a las Administradoras privadas de Fondos de Pensiones). ¿Qué ocurrió con este sistema de pensiones que nació como un ejemplo y modelo a imitar, y que ha acabado fracasando?

Tiempo de lectura: 5 minutos

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¿Qué ha fallado en el sistema de pensiones de capitalización individual de Chile? La precariedad del trabajo y los bajos salarios

@viajeenparacaidas - www.unplash.com

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Establecido en 1981, ocho años antes de la vuelta de la democracia (1988-1990), el modelo chileno parecía ofrecer la solución para los problemas de los sistemas públicos de reparto en tiempos de envejecimiento de la población y restricciones fiscales.

La experiencia de Chile implicó una absoluta revolución, eliminado el “quebrado” esquema público de pensiones basadas en el sistema de reparto, y transformándolo en un sistema privado, obligatorio y de cuentas individuales de capitalización.


En lugar de lo que hacen los sistemas de reparto, donde las cotizaciones de los trabajadores se destinan a pagar las pensiones en curso de los pensionistas actuales, transfiriendo la carga de una generación a otra bajo la gestión de un Estado, en los sistemas de capitalización individual las contribuciones de trabajador (o a su favor) dotan un fondo personal que se usará para pagar su pensión futura.

Ese “nuevo sistema chileno de capitalización” sirvió de ejemplo, en mayor o menor medida, a otros países de Latinoamérica y de espejo en el que se miraron algunos paises de Europa a la hora de afrontar sus problemas demográficos y de cómo complementar las pensiones públicas. 

Los precursores del sistema chileno de capitalización explicaban que bastaría con que cada trabajador aportase el 10% de su salario a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) para contar con una tasa de sustitución razonable (porcentaje que representa su primera pensión sobre el salario previo a la jubilación). Se estimaba como objetivo razonable en torno al 80%.

Los objetivos del entonces nuevo sistema chileno de pensiones de capitalización eran, además de lograr buenas pensiones para los chilenos, generar un stock de ahorro acumulado que impulsaría el sistema financiero, los mercados de capitales y la inversión en proyectos empresariales locales y en deuda pública nacional, generando empleo, riqueza y crecimiento de la economía chilena.

Una parte importante de los fondos gestionadas por las AFP se invierte en deuda pública y realmente han ayudado a blindar a una economía dependiente de la exportación de cobre y vulnerable ante fluctuantes entradas y salidas de capitales. Sin embargo, las inversiones no han ayudado a impulsar nuevos sectores económicos dinámicos.

¿Dónde no está el problema del sistema chileno de capitalización?

Probablemente, el problema no ha estado en la rentabilidad obtenida de la inversión de los ahorros, (en general, se han conseguido rentabilidades medias atractivas, por ejemplo, a mediados de los años 90 se estaban obteniendo una rentabilidad media anual del 12,5%), si no en que algo fallo en los cálculos y no se cumplió la promesa de los Gobernantes promotores del nuevo sistema, de alcanzar una tasa de sustitución del 80% del último salario.

Y no se logró cumplir esa promesa, no por una mala gestión de las AFP, sino por la realidad laboral y social de Chile.

Una tasa de sustitución del 80% habría supuesto una pensión media de aproximadamente unos 1.400 euros en la actualidad. Pero ha ocurrido todo lo contrario:  en 2019 ocho de cada diez jubilados chilenos recibían una pensión mensual de sólo 310.000 pesos (unos 347 euros de hoy). El 50% cobraba una media de solamente 180 euros al mes.

¿Porque son tan bajas estas pensiones del sistema de capitalización?

Estas pensiones tan bajas son la consecuencia de la precariedad del empleo en Chile.  Además, la mayoría de los chilenos trabaja una parte de sus carreras como autónomo (y el sistema es obligatorio para trabajadores autónomos únicamente desde el año 2015). Existen muchos casos de personas de 70 años o más que han tenido que volver a trabajar, porque la pensión que reciben es insuficiente.

Teniendo en cuenta que es fundamental que los cotizantes hagan aportaciones regulares para generar pensiones decentes, la realidad de la economía chilena no es compatible con el sistema de pensiones de capitalización individual.

Ese sistema de pensiones de capitalización, que se implanto en Chile, no funciona sin trabajos estables.

Otro de los problemas del sistema chileno fueron los costes de la transición de un sistema a otro. Para transitar del sistema de reparto al sistema de capitalización de las AFP, el Estado tuvo que asumir el coste muy alto (en torno al 136% del PIB). Para pagar esa transición se tuvo que recortar en salud, vivienda, educación, salarios públicos.

En definitiva, el sistema de pensiones chileno de capitalización como modelo “idealmente” era adecuado, con sus áreas de mejora, pero no para un país como Chile, con trabajo muy precario, mucho desempleo (con lagunas actividad y por lo tanto de contribución), así como salarios bajos, y donde muchos de los trabajadores trabajan como autónomos durante algún momento de su vida (y hasta hace pocos años no era obligatorio para ellos contribuir al sistema).

Probablemente, el sistema chileno, como modelo, hubiera funcionado en un país occidental, por ejemplo, en paises de la Unión Europea, si obviamos las fuertes reticencias y el brutal conflicto social que su implantación y la renuncia a los sistemas de reparto hubieran producido, principalmente en los paises del sur de Europa. Pero no en un país como Chile, que pese a ser la punta de lanza de Latinoamérica, sigue siendo un país en vías de desarrollo con problemas en relación a la calidad del empleo.

Finalmente comentar que los detractores del sistema chileno y de los sistemas de capitalización, argumentan que el mismo ha generado significativos beneficios a las entidades aseguradoras propietarias de las gestoras (AFP), principalmente norteamericanas (que representan un 75% del patrimonio gestionado) y que los gastos de administración aplicados por las AFP son altos.

Teniendo en cuenta que los gastos de gestión aplicados  se sitúan entre el 0,69% medio de la AFP que cobra menos y el 1,48% de la que AFP que cobra más (dato 2018), que a diciembre de 2021 los activos bajos gestión en los Fondos administrados por las APF ascendían a la importante cantidad de 170.709 millones de dólares ( por lo tanto existen economías de escala para bajar los mismos), y que comparativamente con los sistemas de capitalización ocupacionales en otros paises ( por ejemplo, los planes de pensiones de empleo - segundo pilar- en los paises anglosajones y en España) son altos, es esta una cuestión claramente mejorable. No obstante, no es  la principal causa del fracaso del sistema. pese a que suponga un lastre para la rentabilidad neta del ahorro de los trabajadores.

¿Cómo funciona el actual Sistema Chileno de Pensiones?

 Las aportaciones obligatorias (que asciende a un 10% de los ingresos, con ciertos topes) como la rentabilidad generada por la inversión de las mismas son acumuladas en una cuenta de capitalización individual, cuya cuantía acumulada en el momento de jubilación sirve para pagar las prestaciones que se generen a favor del trabajador. Para mejorar el importe de su pensión de jubilación, el trabajador afiliado puede voluntariamente aumentar sus aportaciones a su cuenta de capitalización individual (aportaciones adicionales sobre la contribución obligatoria), que son deducibles fiscalmente con un límite máximo.

Desde 2015, los trabajadores autónomos también están obligados a cotizar (contribuir) al sistema AFP, salvo concretas excepciones (mujeres mayores de 50 años y hombre mayores de 55 años a 1/1/2018, aquellos afiliados a otros sistemas previsionales, y aquellos con ingresos inferiores a un mínimo).

La administración de los fondos acumulados por cada trabajador se realiza por entidades privadas, denominadas administradoras de fondos de pensiones (AFP), cuya supervisión es encomendada a la Superintendencia de Pensiones.

La afiliación (participación) es obligatoria para los trabajadores por cuenta ajena que se hubieran incorporado al mercado de trabajo desde el 1 de enero de 1983, y voluntaria para los trabajadores por cuenta ajena que hubieran cotizado en el sistema anterior a la reforma.

Los ciudadanos pueden elegir en que fondos invertir sus contribuciones. Existe un sistema multifondos. Los hombres menores de 55 y las mujeres menores de 50 años pueden elegir entre los cinco tipos de fondos disponibles, mientras que los que tiene más de esas edades eligen entre los cuatro fondos de menor riesgo, y los jubilados entre los tres fondos de menor riesgo.

Este sistema permite acceder al cobro de la prestación por jubilación antes de la edad ordinaria de jubilación (jubilación anticipada). La edad legal de retiro (ordinaria) son los 65 años para los hombres y los 60 para las mujeres.

Además, los ciudadanos pueden compatibilizar trabajo y pensión. Para solicitar su prestación a la vez que siguen trabajando es necesario que los fondos acumulados en la cuenta individual permitan generar una pensión que cumpla simultáneamente dos requisitos:

  • Ascender al menos al 50% del promedio de las rentas sujetas, actualizadas, de los últimos diez años.
  • Y su importe ser igual o superior al 110% de la pensión mínima garantizada por el Estado.

El trabajador afiliado que cumpla los requisitos para obtener una pensión puede optar por cuatro formas de cobro:

  • Una renta vitalicia inmediata (contratada con una compañía de seguros)
  • Una renta temporal con renta vitalicia diferida: compra al inicio de su jubilación una renta vitalicia de cobro futuro, manteniendo en su cuenta un saldo que le permita cobrar recibir y una renta temporal.
  • Retiro programado: rescates programados, en los que el afiliado opta por mantener los fondos de su cuenta individual en la AFP y efectuar retiros mensuales con cargo a ésta. En esta opción el afiliado mantiene la propiedad de los fondos y en caso de fallecer pasan a sus asociados.
  • Mixta renta vitalicia con Retiro programado

Asimismo, el sistema de AFP contempla la existencia de un seguro de invalidez y supervivencia (SIS) que financie las pensiones en caso de muerte o invalidez del trabajador. Este seguro debe ser contratado por las AFP, para sus afiliados, con una compañía de seguros.

Pensiones mínimas garantizadas

El Estado garantiza una pensión básica solidaria (no contributiva) a partir de los 65 años. Es la llamada pensión garantizada universal (PGU).

El importe de esta pensión mensual ascenderá a un máximo de $185.000 (unos 209,5 euros). Para las personas que tengan una pensión (contributiva) base menor o igual a la pensión mínima ($630.000), el importe de la PGU ascenderá a $185.000.

$=pesos chilenos

Desde el 1 de febrero al 31 de julio de 2022, accederán a la pensión garantizada universal (PGU) quienes ya cumplan o vayan cumpliendo con los requisitos siguientes:

  • a) Haber cumplido 65 años.
  • b) Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población de Chile.
  • c) Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile por un periodo no inferior a veinte años continuos o discontinuos, contados desde que el solicitante haya cumplido veinte años de edad. En todo caso, se ha de cumplir con un periodo de residencia no inferior a cuatro años en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a los beneficios solidarios.

 Desde el 1 de agosto de 2022, cambian los siguientes requisitos para acceder a la pensión garantizada universal (PGU):

  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% de mayores ingresos de la población de 65 o más años de Chile (en lugar de grupo familiar perteneciente al 60% más pobre)
  • Contar con una pensión base (contributiva) menor a $1.000.000 de pesos (1.132 euros)

El resto de requisitos continuarán igual que los vigentes entre febrero y julio de 2022.

Anteriores pensiones no contributivas

Desde del 1 de febrero de 2022, todos quienes con anterioridad a esa fecha recibían la Pensión Básica Solidaria de vejez (PBS) (para las personas más pobres) o el Aporte Previsional Solidario de vejez (APS) (en este caso, aquellos que cotizaron en una cuenta individual obligatoria de AFP y su pensión sea inferior a una cantidad) en la modalidad de prestación definida, automáticamente tendrán derecho a la Pensión Garantizada Universal, la cual reemplaza el beneficio solidario de vejez que percibe.

Conclusiones

Chile lleva unos años planteándose reformas que den mayor peso al sistema público, debido a una tasa de sustitución de las pensiones de capitalización individual que apenas llegaba en 2019 al 42% (OCDE) y las dificultades de algunos colectivos para acceder a la pensión.

Además, alguna medida no excesivamente acertada ha agudizado esa insuficiencia futura de las pensiones contributivas, como la reciente medida, que se aplicó durante la pandemia, de posibilitar el rescate anticipado de los fondos acumulados por los trabajadores para afrontar las consecuencias económicas de COVID19.

Más Información:

Mitos y verdades sobre el sistema de pensiones chileno

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