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¿Qué es un convenio bilateral internacional de Seguridad Social?

España mantiene convenios con múltiples países con el objetivo de asegurar y reforzar las prestaciones de trabajadores desplazados

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¿Qué es un convenio bilateral internacional de Seguridad Social?

© Andrew Neel - www.unsplash.com

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Se trata de un acuerdo que firma la Seguridad Social española con las entidades que se encargan de la protección social en otro país extracomunitario con el fin de atender a los trabajadores que desarrollan su actividad laboral en ese Estado, y viceversa.

¿Tiene España convenio bilateral con muchos países?

Se trata de convenios que se firman con Estados fuera de la Unión Europea, dado que en el territorio de esta existen unas reglas de coordinación de los distintos sistemas de la Seguridad Social.

Hasta el momento había 24 convenios firmados, de países tan diversos como Andorra, Japón, Corea, Ecuador, Rusia, China o Túnez, por ejemplo.

Si un trabajador se desplaza a un país extracomunitario, con el cual no existe un convenio bilateral con la Seguridad Social, lo más conveniente es firmar un acuerdo especial con el sistema para mantener las cotizaciones en España.

¿Cuál es el objeto de estos convenios?

Con el fin de atender a los trabajadores desplazados a otro país, se establecen dos tipos de medidas:

  • Durante el tiempo que dura el trabajo, se establece cuál va a ser el modelo de cotización y, cuando lo precise, como se va a desarrollar el disfrute de protección del sistema.
  • Con posterioridad al desarrollo del trabajo, el convenio regula cómo tener en cuenta las cotizaciones realizadas en ambos países firmantes cuando se accede a los derechos a las prestaciones en uno de ellos, especialmente a la pensión de jubilación.

¿Cuál son los principios fundamentales de los convenios bilaterales?

Hay una serie de principios que aparecen en casi todos los convenios bilaterales, que son los siguientes:

Principios generales aplicables en todos los supuestos

  • El principio de igualdad de trato. Este es un principio que implica que el trabajador extranjero debe ser tratado de idéntica forma que el trabajador nacional, teniendo los mismos beneficios y las mismas obligaciones.

Principios relacionados con las cotizaciones efectuadas en otro país

  • El principio de totalización de las cotizaciones. Este principio implica que se reconocen los periodos cotizados en los distintos países para usarlos para pedir prestaciones en un país firmante. De esta forma se asimilan los periodos cotizados en el extranjero y se pueden utilizar para cumplir los requisitos de períodos de carencia que se exigen en el país de residencia.
  • No devolución de las cotizaciones efectuadas en un país. Ningún Convenio Bilateral o regulación española establece la devolución de las cotizaciones hechas en España por un trabajador extranjero que decida irse de España. Esta devolución no se hará, aunque el trabajador no pueda utilizar esas cotizaciones para pedir prestaciones en su país de origen. De esta forma, perderá lo cotizado.

Principios aplicables a las prestaciones concedidas

  • Principio de la exportación de las prestaciones. Muchos Convenios permiten que, aunque se deje el país donde se tiene reconocida la prestación, esta se pueda cobrar cuando se está residiendo en el otro país firmante. Es habitual en prestaciones contributivas, como el cobro de pensiones de jubilación. 

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Comentarios

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Guillermo Martínez 07 de diciembre de 2019 | 19:25
Si he cotizado tres años en Estados Unidos, ¿quien me pagará esos años cotizados, España o Estados Unidos? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 09 de diciembre de 2019 | 08:09

Estimado Guillermo.


Si totaliza esos periodos con las cotizaciones españolas para acceder a una prestación de jubilación en España, EEUU abonará la parte proporcional de la misma que corresponda a esos tres años.

Un cordial saludo.

manuel 21 de noviembre de 2018 | 20:26
Hola deseo saber dentro de tres años me jubilo deseo saber los países internacionales gue tiene España convenio con seguridad social médicos medicinas , por favor los sitios más baratos ,
Instituto BBVA de PENSIONES 21 de noviembre de 2018 | 21:11

Estimado Manuel,

España mantiene convenio con los países de la UE y del Espacio Económico Europeo a través de los Reglamentos Comunitarios. También con los siguientes países:

Convenios bilaterales

Para cuestiones más específicas, le recomendamos que se dirija al INSS.

Reciba un cordial saludo.

Maria lopez 08 de octubre de 2018 | 18:12
Si tengo una pensión en España por convenio bilateral, puedo vivir en otro país y seguir cobrando.
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de octubre de 2018 | 18:34

Estimada María,

las pensiones contributivas pueden cobrarse en otro país. Lo que no podría seguir cobrando, si es que lo está haciendo, es el complemento a mínimos.

Reciba un cordial saludo.

Porfirio 06 de octubre de 2018 | 10:36
Me salio la pensión pero estoy inconforme porque me tira pensión en el año 15 y solo me salio 9.000 euros se dice que tenían que pagarme desde el primer. Día que me ti la pensión el sueldo es de 531 porque me salio tan poco dinero sabiendo que tengo tres años que la metí . Que puedo hacer hay
Instituto BBVA de PENSIONES 06 de octubre de 2018 | 13:39

Estimado Porfirio,

deberá reclamar en el INSS si no está conforme con la resolución. No tenemos detalles de su caso y no podemos hacer una valoración.

Reciba un cordial saludo.

porfirio 26 de septiembre de 2018 | 16:50
Ya me llamaron de la seguridad social para preguntarme lo que ganó en santo domingo ganó 6.500 pesos ¿cuanto hace eso? Me preguntaron que cuanto hace eso en euro y yo le dijo 112 euros eso tardara para resolverme mi problema y tiene un promedio de 4 o 3 días y no me han contestado .
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de septiembre de 2018 | 20:56

Estimado Porfirio,

le recomendamos que tratre este asunto directamente en el INSS.

Reciba un cordial saludo.

porfirio 18 de septiembre de 2018 | 15:12
En la seguridad social dicen que me resolvieron mi problema pero me pidieron el padrón municipal del 15 para acá se lo mande del 16 para acá porque en el 15 yo estaba en santo domingo ¿ me trae problema a mi pensión ?
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de septiembre de 2018 | 15:22

Estimado Porfirio,

deberá resolverlo en el INSS. No conocemos el caso y no podemos orientarle.

Reciba un cordial saludo.

porfirio 26 de agosto de 2018 | 18:53
El en el 2015 ne introduje los papeles de santo domingo , ya llegaron los documentos y ya estamos en el 2018 que si corre ese tiempo de darme ese dinero gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de agosto de 2018 | 23:20

Estimado Porfirio,

deberán abonarle la pensión desde el momento que causara derecho a ella. Los convenios bilaterales, desgraciadamente, demoran en ocasiones el cobro de la misma. No podemos informarle de plazos.

Reciba un cordial saludo.

porfirio 26 de agosto de 2018 | 14:11
El 29 de octubre de 1915 me tira pensión y estamos el el el 2017 en ese tiempo sale mi dinero ???
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de agosto de 2018 | 17:48

Estimado Porfirio,

no entendemos su consulta. ¿Puede volver a plantearla con más detalles?

Reciba un cordial saludo.

porfirio 23 de agosto de 2018 | 11:52
Gracias por contestarme muchísimas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de agosto de 2018 | 12:02

Estimado Porfirio,

gracias a usted por participar en Mi Jubilación.

Reciba un cordial saludo.

porfirio antonio 21 de agosto de 2018 | 14:36
Mi pensión en santo domingo es de 106 € trabaje 18 años me toca mi pensión en España que trabaje 10 años
Instituto BBVA de PENSIONES 21 de agosto de 2018 | 14:49

Estimado Porfirio,

entre España y República Dominicana existe un convenio bilateral para el reconocimiento de las cotizaciones. Podrá acceder a la pensión española que le corresponde si acredita al menos 2 años cotizados en los 15 años previos a solicitar la jubilación. A esos efectos cuentan las cotizaciones de los dos países.

Reciba un cordial saludo.

07 de enero de 2019

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