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Pasado, presente y futuro del Pacto de Toledo

Te explicamos en qué consiste este foro de las pensiones tan relevante para la jubilación en España.

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El Pacto de Toledo, celebrado en 1995, abre una nueva etapa denominada de concertación en la que se pretende negociar las distintas reformas en el sistema de la Seguridad Social. Ya en ese momento, existe un consenso sobre la dificultad de mantener su viabilidad económica, por lo que se entiende preciso implementar importantes modificaciones. En este contexto, se aprueban unas líneas de actuación con el fin de paliar los déficits que ya estaba poniendo en evidencia el modelo. Estos acuerdos fueron ratificados por la práctica totalidad de la representación parlamentaria de aquel entonces.

Ante el previsible agotamiento a corto plazo del Fondo de Reserva de las Pensiones, se ha vuelto a plantear la necesidad de adoptar nuevas medidas encaminadas a reducir el déficit de la Seguridad Social y garantizar la sostenibilidad y la suficiencia de las pensiones a largo plazo. Por ello, la Comisión del Pacto de Toledo se encuentra en fase de realizar una ronda de comparecencias para recabar y emitir recomendaciones enfocadas a asegurar el futuro de las pensiones.

La previsión es que esta Comisión, tras reunirse con interlocutores como representantes sindicales (CCOO, UGT), asociaciones profesionales (Ata, UPTA), patronal (CEOE, CEPYME), o la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), pueda emitir un informe con recomendaciones entre los meses de abril y mayo para que sea trasladado al Gobierno y al Pleno del Congreso.

Las recomendaciones de BBVA

El Instituto BBVA de Pensiones es consciente de los importantes retos a los que se enfrenta el sistema público de pensiones. A través de las voces autorizadas pertenecientes al Foro de Expertos, analiza constantemente la actualidad de las pensiones en nuestro país y emite recomendaciones y propuestas. El servicio de estudios de BBVA es otra de las fuentes de análisis y propuestas. Una de las últimas contribuciones proviene de Rafael Doménech, Responsable de Análisis Macroeconómico de BBVA Research, que emitía una serie de recomendaciones para garantizar la salud a medio y largo plazo del sistema de pensiones, entre las que se encuentran:

  • Esperar al alcance completo de las últimas reformas puestas en marcha en 2011 y 2013, entre las que se encuentran el incremento de la edad de la jubilación o la incorporación del Índice de Revalorización de las Pensiones y el Factor de Sostenibilidad.
  • Los salarios deberán crecer por encima de la pensión media para reducir la tasa de beneficio del sistema y asegurar así la sostenibilidad.
  • Introducir medidas encaminadas a mejorar la eficiencia del sistema: lucha contra el fraude, convergencia de regímenes especiales al régimen general o profundizar en la compatibilidad entre pensión y trabajo
  • Cuidar la presión fiscal para que no afecte a la actividad y al empleo y mejorar la eficiencia del sector público.
  • Transición a un sistema de cuentas nocionales y que la pensión se calcule en base a la carrera completa de cotización y no solo en base a un periodo determinado.
  • Crear cuentas individuales de capitalización de adhesión automática con aportaciones del trabajador y de las empresas en las que trabaje. La gestión puede ser pública o privada.  .   

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Comentarios

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jose manuel borque 22 de febrero de 2017 | 17:31
Buenas tardes: En ninguna de las propuestas para el futuro del sistema de pensiones he oído o leído lo que quiero plantear en este foro. Se está hablando de reducir los derechos esperados (las pensiones) en el futuro, por ineludible problema demográfico. Pero en ningún momento se habla de las pensiones de la unidad de conviviencia (matrimonio o convivencia). No es lo mismo los matrimonios en los que solo ha trabajado una persona (por lo tanto una pensión) o una persona soltera, que los matrimonios que han trabajado los dos. Supongamos matrimonio con 2 pensiones máximas, que cada mes ingresan 5.160 euros, el doble en los meses de extras, comparado con otra unidad familiar en la que solo hay una pensión. Nadie habla de establecer ahí un factor de corrección. Es más en IRPF los matrimonios con ingresos tanto del hombre como la mujer, no suman ingresos sino que hacen declaraciones separadas por lo que también los impuestos son inferiores. Por lo tanto abogo por algún tipo de corrección en función no solamente individual sino de rentas de la unidad familiar (o de convivencia). Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de febrero de 2017 | 10:54

Estimado José Manuel,

Bienvenido al foro y gracias por ofrecer su punto de vista.

En el ámbito vigente de las pensiones contributivas, basadas precisamente en el principio de contributividad y también en el de proporcionalidad, no cabría minorar la pensión de una persona que, por sus aportaciones y trayectoria de cotización, cause una pensión de un determinado importe, teniendo en cuenta además que ya existe el tope de la pensión máxima, por el hecho de que su cónyuge cause también una pensión elevada.

Esto sí ocurre en el ámbito de las ayudas de carácter no contributivo e incluso en el complemento a mínimos de las pensiones contributivas, donde se tiene en cuenta la situación familiar del titular de la pensión que se complementa.

Reciba un cordial saludo.