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Los planes de pensiones y su impacto en la declaración de la renta

Analizamos el efecto fiscal de estos productos tanto en la aportación como en el rescate.

Tiempo de lectura: 3 minutos

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Los planes de pensiones y su impacto en la declaración de la renta

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¿Has realizado aportaciones o has percibido rentas de un plan de pensiones durante el año pasado? Deberás entonces reflejar estos movimientos en tu declaración de la renta.

Los planes de pensiones son vehículos de ahorro previsional a largo plazo, enfocados principalmente en el ahorro para la jubilación. Con este propósito, y con el fin de compensar la liquidez restringida de los mismos, es posible desgravarse las aportaciones anuales hasta ciertos límites.

Vamos a analizar el efecto fiscal del ciclo de vida de los planes de pensiones, desde las aportaciones al rescate.

Las aportaciones: cómo desgravarse en la renta

Los planes de pensiones permiten aportar y desgravarse un máximo de 8.000 euros anuales. Concretamente, la cantidad a integrar en la renta será la menor de esos 8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. Además, es posible aportar un máximo de 2.500 euros anuales a favor del cónyuge, siempre que éste no perciba rentas superiores a 8.000 euros anuales.

Las aportaciones a planes de pensiones se incluirán en el apartado de la declaración de la renta “Reducciones de la base imponible”. También deberán introducirse en este apartado excesos pendientes de reducir en los cuatro ejercicios fiscales anteriores.

El rescate y su impacto en la renta

El rescate de un plan de pensiones tiene la consideración de rendimientos del trabajo y como tal se deberá integrar en la declaración de la renta.

El importe rescatado en forma de capital procedente de aportaciones anteriores a 31/12/2006 y que por plazo de rescate esté favorecido por la reducción del 40%, será integrado en renta con dicha reducción. El resto de los rescates se incluirán de manera íntegra en la renta como rendimientos del trabajo.

El rescate del plan de pensiones, por tanto, supone un incremento de la base imponible que deberá ser tenido en cuenta, pues puede implicar un cambio de tramo en el que tributemos y por tanto tener un impacto fiscal sobre todas nuestras rentas, al verse incrementado el tipo marginal.

Este impacto es más relevante en los casos en los que decidimos rescatar el plan de pensiones en un solo cobro, en lo que se conoce como rescate en forma de capital, especialmente en aquellos casos en los que se liquidan planes de pensiones con un importante capital acumulado. El rescate en forma de renta, por el contrario, tiene un impacto fiscal más progresivo al diluir en rescate en diferentes ejercicios fiscales.

Será esencial planificar el rescate del plan de pensiones en función de las necesidades de capital a corto, medio y largo plazo, así como teniendo en cuenta otras rentas y rendimientos para optimizar el impacto fiscal.

Si quieres estimar cuál sería la forma más conveniente de rescatar tu plan, apóyate en el simulador de cobro de planes de Mi Jubilación.  

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Comentarios

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Carlos 27 de junio de 2018 | 23:49
Me jubilo con fecha 30/6, mi pensión sera de 725€, ¿Si rescato parte de mi plan de pensiones, de aqui a diciembre, con ,1000€ al mes, como influira en la declaracion de la renta de este año? Es factible y al no llegar a los 12.000€ no necesitare hacer declaracipn? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 28 de junio de 2018 | 10:41

Estimado Carlos,

tendría al menos dos pagadores y del segundo pagador percibiría más de 1.500 euros. Por tanto, estará obligado a presentar la declaración de la renta 2018 si la suma de todas sus retribuciones excede los 12.000 euros.

Reciba un cordial saludo.