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Irlanda pondrá en marcha a partir de 2022 un nuevo sistema de adscripción automática por defecto para las pensiones de empleo

El objetivo del Gobierno de Irlanda ha sido introducir reformas para superar las barreras que impiden el ahorro y facilitar el acceso de más personas a las opciones y productos de ahorro.

Tiempo de lectura: 3 minutos

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Irlanda pondrá en marcha a partir de 2022 un nuevo sistema de adscripción automática por defecto para las pensiones de empleo

@kristelhayes - www.unsplash.com

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En 2018 el Gobierno estimaba que 860.000 empleados irlandeses no estaban ahorrando para su jubilación para complementar su pensión pública (*). Un informe de la Oficina Central de Estadística (CSO) de Irlanda, de enero de 2020, señalaba que casi la mitad de los trabajadores no estaban aportando a sistemas de pensiones de empleo. Otros informes muestran que esos porcentajes son mucho más elevados si se quitan a los funcionarios públicos de esas estadísticas.

Para lograr superar las barreras al ahorro, a partir de 2022 se introducirá e implementará un nuevo sistema de previsión social empresarial que combinará la garantía de calidad y la competitividad en costes.  A través de este nuevo sistema se inscribirá automáticamente a los trabajadores participantes en planes de ahorro para jubilación. Este programa se ha llamado, al igual que en otro países, Automatic Enrolment (AE).

 (*) Tasa de sustitución: actualmente, la pensión pública representa aproximadamente un 34% del salario medio en Irlanda y es objetivo de las últimas reformas mantener ese nivel.

No obstante, la puesta en marcha del sistema de autoenrolment posiblemente se retrase más allá de 2022, debido a la demora existente en el desarrollo de elementos fundamentales del mismo, junto con el impacto y las prioridades que ha supuesto la pandemia de COVID19.

El modelo adscripción automática irlandés tendrá las siguientes principales características:

Características clave de la inscripción automática para los empleados

  • Serán inscritos automáticamente aquellos trabajadores por cuenta ajena, con edades comprendidas entre los 23 y los 60 años, que ganen más de 20.000 € al año y que, en el momento de la entrada en vigor del sistema, aún no estén participando y contribuyendo a pensiones de empleo complementarias. Aproximadamente 410.000 trabajadores serán inscritos.
  • Los empleados podrán optar por no participar en el sistema y salirse (opt-out) al final de un período mínimo de participación de 6 meses (durante los meses 7º y 8º de participación). Además, se ofrecerán ventanas de salida futuras según se vayan produciendo los incrementos de las contribuciones planificadas.
  • Aquellos trabajadores que opten por salirse, volverán a ser inscritos tras el transcurso de tres años, aunque podrá optar por volver a salirse.
  • Además, los trabajadores participantes podrán suspender sus aportaciones temporalmente durante periodos concretos (savings suspension).
  • Se trata un sistema de aportación definida.
  • Los empleados participantes contribuirán inicialmente (2022) con un mínimo del 1,5% de su salario bruto. Este porcentaje de aportación, se incrementará en 1,5 puntos porcentuales cada tres años hasta alcanzar un máximo del 6% al inicio del décimo año.
  • Aquellos inscritos en el sistema AE en los años posteriores a 2022 aportaran el porcentaje de contribución vigente en ese momento.
  • Los empleadores igualarán las contribuciones del trabajador participe (matching contributions). Inicialmente la contribución del empleador estará limitada al 1,5% del salario del trabajador, hasta un límite máximo de salario 75.000 € (qualifying earnings threshold), aumentando ese porcentaje un 1,5% cada tres años hasta alcanzar un máximo del 6% desde año 10.
  • El Estado realizaría una contribución equivalente a 1 € por cada 3 € aportados por el trabajador participante. Por lo tanto, al decimo año de vigencia del sistema (con 6% de aportación del trabajador) la contribución del Gobierno sería de un 2%.
  • Porcentaje total de aportación: sumando el porcentaje aportación del trabajador (6%), del empleador (6%) y del Estado (2%), la contribución a partir del año 10 sería de un total del 14% del salario bruto. En el primer año sería el 3,5% (1,5% empleado y empleador, y 0,5% Estado).
  • Los empleados participantes tendrán la libertad de elegir entre una variedad de opciones de producto de ahorro para la jubilación (gama de proveedores y opciones de fondos disponibles). Cuando los empleados no ejerzan su elección y no seleccionan un proveedor o fondo, las contribuciones se destinará al fondo por defecto de uno de los proveedores registrados (autorizados) de AE en base a un “sistema de carrusel “o rotación.
  • Los gastos de gestión, para todas las opciones de proveedores y fondos, tendrán un tope máximo del 0,5% de los activos gestionados.
  • El cobro prestaciones también estará vinculada a la edad legal de jubilación aplicable para la pensión pública (SPa-State Pension age).
  • Cuando ocurra una de las contingencias cubiertas (ej. jubilación), los partícipes podrán rescatar sus fondos bien como un capital único, bien a través de una renta vitalicia o bien a través de otros productos de desacumulación por jubilación admitidos de acuerdo con las la normativa de pensiones y fiscal vigentes en el momento de su jubilación.
  • La portabilidad de la cuenta de posición de los trabajadores participes que cambien de empleo se facilitada a través del enfoque “pot-follows-member” (el fondo sigue al participe): los saldos acumulados (aportaciones más rendimientos) seguirán al participe continuando en el mismo fondo de pensiones sin necesidad de traspaso a otro producto. No se ha de cambiar el plan de pensiones ni el proveedor por cambiar de empleador.
  • Los trabajadores por cuenta propia (autónomos) y aquellos trabajadores empleados fuera de los umbrales de la banda de edad (menores de 23 o mayores de 60) y por debajo de los ingresos mínimos establecidos (inferiores a 20.000 euros) para la inscripción automática podrán optar por participar a título voluntario.

Implicaciones para las empresas

  • Los empleadores deberán adscribir automáticamente a sus empleados y enviar las contribuciones a la CPA- Central Processing Authority, que es la autoridad pública de gestión del sistema de autoenrolment.
  • NO se les requerirá que seleccione una opción de proveedor de pensiones de empleo para sus empleados. Son los empleados los que seleccionarán sus propios proveedores entre los proveedores registrados con la CPA.
  • Las contribuciones del empleador seguirán siendo deducibles de su impuesto de sociedades (como hasta la fecha).
  • El incumplimiento por parte del empleador de inscribir, detraer y enviar las contribuciones estará inicialmente sujeto a sanción administrativa y al enjuiciamiento como delito si se mantiene en su actitud.

Características para los proveedores: industria de las pensiones

  • Los proveedores de pensiones privados han sido invitados a licitar para convertirse en un proveedor registrado (es decir, autorizado) de automatic enrolment.
  • Se seleccionará una lista corta de hasta cuatro proveedores registrados/autorizados.
  • Cada proveedor debe ofrecer un número limitado de opciones de "ciclo de vida" o "Fondos de fecha objetivo de jubilación", cada una de las cuales puede incorporar un perfil de inversión evolutivo (de más dinámico a más conservador) a medida que el fondo madura y el participe va cumpliendo años y acercándose a su jubilación.
  • Los contratos de pensiones, en relación al servicio prestado, se firman entre el trabajador participante y el Proveedor (no con el empleador).
  • Se formalizarán contratos, entre el CPA y el proveedor registrado, de nivel de prestación de servicios e información a través del portal de la Autoridad de gestión CPA.
  • La autorización/registro para proveedores privados cubrirá un período de 5 a 10 años, tras el cual se llevará a cabo una nueva licitación.
  • Los proveedores que no logren mantener su autorización después de cualquier proceso de licitación, transferirán las cuentas de posición de los partícipes que gestionen a otros proveedores existentes o a nuevos proveedores entrantes.

Estructura organizativa

Se ha definido un marco organizativo basado en las economías de escala, que asegure un servicio de calidad, gastos de gestión bajos y una mayor portabilidad de las cuentas de posición. En este sentido:

  • Se ha creado una nueva "Autoridad Central de Procesamiento" (CPA) que será responsable de contratar y otorgar licencias a un reducido número de "proveedores registrados" de automatic enrolment del sector privado para ofrecer productos de ahorro jubilación.
  • Los proveedores registrados de AE proporcionarían opciones de aportación definida (**) basados en cuentas personales donde el valor de las prestaciones finales pagaderas dependerá del importe de las contribuciones pagadas, el rendimiento de la inversión logrado menos las comisiones y cargos, y el costo “de comprar” las prestaciones (por ejemplo, al contratar una renta vitalicia, sus gastos de gestión).

    (**) o potencialmente, si fuera el caso del compromiso del empleador, de prestación definida.
  • El CPA actuará como una "cámara de compensación": recaudará las contribuciones de los empleadores a través de la nómina y las remitirá a los proveedores.
  • Se proporcionará un portal web de CPA para que los empleados participantes accedan y seleccionen de las opciones de planes de ahorro disponibles, las cuales se presentarán de manera que sean fácilmente comparables entre ellos.
  • Se requerirá que los proveedores brinden servicios a todos aquellos elegibles para la inscripción automática, incluyendo aquellos que pueden "participar" voluntariamente en el sistema, pero de los que no hay obligación de adscribir automáticamente.

Más Información

Ireland's pensions: All set for big changes (IAPF)

A Strawman Public Consultation Process for an Automatic Enrolment Retirement Savings System for Ireland
Nota: Las propuestas iniciales del Strawman han sufrido modificaciones después del proceso de consultas.

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