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¿En qué se diferencia un plan de previsión asegurado de un plan de pensiones?

Los planes de previsión asegurados se diferencian de los planes de pensiones, entre otras cosas, porque siempre ofrecen una rentabilidad mínima garantizada

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¿En qué se diferencia un plan de previsión asegurado de un plan de pensiones?

© Cosmin Gusu - www.shutterstock.com/es

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Tienen muchos puntos en común, como la finalidad para la que están diseñados (ahorro previsional a largo plazo), la fiscalidad (favorecida en la aportación) o las modalidades en que se puede disponer del ahorro acumulado. Sin embargo, planes de pensiones y planes de previsión asegurados tienen matices que les diferencia y que vamos a analizar.

Qué tienen en común

Razón de ser

Los planes de pensiones y los planes de previsión asegurados son vehículos de ahorro previsional a largo plazo cuyo principal objetivo es el de acumular un ahorro que sirva como complemento de la futura jubilación (en forma de capital, en forma de renta o de forma mixta como combinación de ambas). Sin embargo, y de cara a facilitar el acceso a este ahorro ante otras contingencias, la ley permite en el caso de ambos vehículos el rescate en otro tipo de situaciones, como enfermedad grave, incapacidad o desempleo de larga duración.

Fiscalidad

Con el objetivo de fomentar el ahorro previsional a largo plazo, las aportaciones tanto a planes de pensiones como a planes de previsión asegurados están fiscalmente favorecidas. Así, un partícipe podrá desgravarse anualmente las aportaciones que realice con un límite, que, desde enero de 2022, será la menor de las siguientes cantidades:

  • 1.500 euros.
  • El 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

Es importante tener en cuenta que el límite aplicará de manera conjunta a ambos vehículos.

En el momento de recuperar el capital, el importe rescatado tendrá la consideración de rendimientos del trabajo a efectos fiscales.

Movilidad

Al igual que los planes de pensiones gozan de movilidad entre ellos, de tal manera que un partícipe puede movilizar sus derechos a otro plan de pensiones, lo mismo ocurre con los planes de previsión asegurados.

Además, los derechos acumulados en un plan de pensiones son traspasables a un plan de previsión asegurado y viceversa.

En qué se diferencian

Estructura del producto

Los planes de pensiones están instrumentalizados en fondos de pensiones a los que se adscriben, mientras que los planes de previsión asegurados están instrumentalizados en una póliza de seguro.

Intervinientes

Las figuras que intervienen en un plan de previsión asegurado son el tomador (el contribuyente), el asegurado (que coincide con el tomador) y el beneficiario (que en caso de fallecimiento pueden ser personas distintas designadas por el tomador). En el caso de los planes de pensiones, las figuras son el promotor (encargado de promover el plan, pudiendo ser una empresa, una asociación o una entidad), el partícipe (el ahorrador) y el beneficiario (que puede coincidir con el partícipe).

Las participaciones

En el caso de los planes de pensiones hablamos de derechos consolidados para referirnos al capital acumulado en el mismo. Si nos referimos a planes de previsión asegurados hablaremos entonces de derechos acumulados

Rentabilidad

Es una de las principales diferencias entre ambos vehículos de ahorro. Los planes de previsión asegurados deberán ofrecer una rentabilidad asegurada mediante técnicas actuariales. Por su parte, los planes de pensiones no ofrecen esta rentabilidad asegurada salvo en algunas modalidades de planes de pensiones garantizados.

Más Información: Los planes de previsión asegurados (PPA): semejanzas y diferencias con los planes de pensiones (PP)

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Comentarios

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Benjamín Olivares 18 de octubre de 2015 | 12:32
Me interesa que me aclaren en detalle lo referente a la siguiente pregunta: ¿En el momento de cumplir la edad mínima de jubilación. puedo retirar los aportes totales que he hecho? ¿Cuales son las condiciones que debo cumplir? Si quiero tener una pensión vitalicia después de cumplido los 65 años, cuánto puedo retirar como máximo? ¿Depende esto de si soy casado, viudo, o del número y edad de mis hijos. Les agradezco desde ya vuestra gentileza en ayudarme a tomar una decisión.
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de octubre de 2015 | 23:45

Estimado Benjamín,

bienvenido al foro.

La iniciativa Mi Jubilación se centra exclusivamente en el marco de la legislación española. Entendemos por los matices de su pregunta que se refiere a una legislación ajena a la española.

Si es así, sentimos no poder ayudarle. En caso contrario, por favor ofrezca más detalles en su consulta.

Reciba un cordial saludo.